Las amas de casa contratadas para el servicio en el hogar, deben darse de alta en el régimen de pensiones de la Seguridad Social. El proceso de contratación por parte de las personas que requieren sus servicios incluye acreditar todas las variaciones de jornada, tipo de contrato o retribuciones que se produzcan. Este último debe ser igual o superior al Salario Mínimo Interprofesional.
Según explican desde la Seguridad Social: "Desde el 1 de enero de 2024, las bases de cotización por contingencias comunes a este sistema especial serán las determinadas en la siguiente escala, en función de la retribución percibida por los empleados de hogar por cada relación laboral".
El salario mínimo para contratar a una empleada del hogar
La empleada o empleado del hogar debe obtener un salario igual o mayor al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) establecido cada año. Si la jornada acordada es de 40 horas a la semana y la retribución se abona en 14 pagas al año, el SMI establecido para 2024, es de 1.134 euros al mes.
En el caso de que este salario se abone en 12 pagas durante el año, el SMI es de 1.323 euros al mes. Si el trabajo se retribuye por horas, se aplicará el SMI por hora que es de 8,27 €/hora.
Según informa la Seguridad Social, es importante saber que "siempre que una persona vaya a prestar servicios domésticos a cambio de un salario, es obligatorio darle de alta en la Seguridad Social, cualquiera que sea el número de horas de trabajo al día o a la semana".
En este contexto, es importante conocer los distintos tramos para determinar la base de cotización a las pensiones del empleador. Por ejemplo, en el caso de que se elija el primer tramo, con un sueldo para la empleada del hogar de hasta 306 euros al mes, la cotización será de 284 euros.
Por su parte, en el caso de que se elija el segundo tramo con un sueldo de entre 306,01 hasta 474,00 euros al mes, la cotización será de 405 euros. El tercer tramo establece un salario de 474,01 hasta 644,00 euros, con una cotización de 559 euros.
Calculadora de cotizaciones de la Seguridad Social
En primer lugar, si quieres contratar a una empleada o empleado del hogar debes tener en cuenta que el empleador es el único responsable de tramitar el alta y la baja, y de ingresar las cuotas a la Seguridad Social de una persona contratada como empleada del hogar.
No obstante, la Seguridad Social ofrece la "Calculadora de cuota en Empleo de Hogar" a los empleadores, para saber cuánto deben pagar por contratar sus servicios. Así, la cifra final estará determinada por el salario mensual y el sistema de tramos que elijan.
El organismo explica que esta calculadora sirve para "simular el importe mensual de la cotización a la Seguridad Social por el alta de un trabajador en empleo de hogar". Sin embargo, las condiciones del contrato deben cumplir con unos requisitos mínimos que establece la normativa actual.
En cualquier caso, si quieres consultar cuestiones acerca de cómo contratar a una empleada del hogar y cómo funcionan las bases de cotización para los empleadores, en la web de la Seguridad Social tienes más información al respecto.
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