Pedir la incapacidad permanente no es cualquier cosa. Si alguna enfermedad o accidente te deja fuera de juego de manera definitiva, no te preocupes, hay una serie de dolencias que pueden permitirte acceder a una pensión. Y aunque no existe un listado oficial que te diga exactamente "esta enfermedad sí y esta no", algunas afecciones son más comunes cuando hablamos de obtener este beneficio.

La incapacidad permanente está pensada para quienes ven reducida o eliminada su capacidad de trabajar a causa de una enfermedad o accidente. Y ojo, que esto no solo es por un resfriado. Hablamos de problemas serios que te impiden seguir trabajando, ya sea de manera parcial o total. Según la Seguridad Social, el objetivo de esta prestación es ayudarte a cubrir la pérdida de ingresos que sufrirías si no puedes continuar en tu empleo.

Enfermedades para solicitar la incapacidad permanente

Entre las dolencias más comunes que pueden dar pie a esta prestación están:

  • Alzheimer: esa pérdida de memoria que afecta el día a día.
  • Cáncer: ya sea en tratamiento o por las secuelas.
  • Esclerosis múltiple: una enfermedad que va quitando movilidad.
  • Fibromialgia: ese dolor crónico que no te deja tranquilo.
  • Parkinson: con el temblor y la rigidez que afecta tu calidad de vida.
  • Depresión y trastornos psicológicos: como el estrés postraumático o la esquizofrenia, cuando son graves y afectan tu capacidad laboral.
  • Cardiopatías: infartos, insuficiencia cardíaca, todo lo que implique un daño severo al corazón.
  • Enfermedades hepáticas y renales: cuando estos órganos fallan, la situación se complica.

Otras enfermedades comunes en este contexto son la artritis reumatoide, la enfermedad de Crohn, el EPOC, el lupus, las migrañas crónicas, entre muchas otras. Todas estas dolencias, si se documentan adecuadamente, pueden permitirte solicitar la incapacidad permanente.

Proceso para que te den la pensión

El proceso para que te aprueben la incapacidad permanente no es sencillo. Necesitas pruebas médicas y cumplir con toda la documentación y papeles. Además, la Seguridad Social puede hacer revisiones periódicas para ver si sigues en las mismas condiciones. Y si las cosas cambian, podrían revocar la incapacidad.

Tipos de incapacidad permanente y cuánto podrías cobrar

La incapacidad permanente no es igual para todos. Dependiendo de tu situación, hay diferentes grados que determinan lo que puedes recibir:

  • Incapacidad permanente parcial: Si todavía puedes hacer algo, pero con dificultades, recibes una indemnización de 24 mensualidades de tu base reguladora.
  • Incapacidad permanente total: Si no puedes hacer tu trabajo habitual, te toca el 55% de la base reguladora, que puede subir al 75% si tienes más de 55 años y no puedes encontrar otro trabajo.
  • Incapacidad permanente absoluta: Aquí ya hablamos de no poder trabajar en ningún empleo, y recibes el 100% de la base reguladora.
  • Gran invalidez: Es la más severa, y aparte del 100% de la base reguladora, te dan un complemento adicional para cubrir la ayuda de una tercera persona que te ayude con las tareas básicas del día a día. Si estás en una situación complicada de salud que te impide trabajar, podrías solicitar la incapacidad permanente.

Por tanto, si sufres algunas de las enfermedades mencionadas, y tienes documentación que lo acredite, podrás solicitar una incapacidad permanente. La Seguridad Social se encargará de determinar el grado de la incapacidad, lo que tendrá un efecto directo en tu pensión.