A partir del 1 de enero, el sistema de cotización de los trabajadores autónomos por será modificado y afectará a todos los individuos incluidos en este espectro de la Seguridad Social.
Aquí entrarán en vigor nuevos importes mínimos y máximos de las bases de cotización entre las que se podrá elegir para cada uno de los 15 tramos de rendimientos netos existentes (12 de la tabla general y 3 de la tabla reducida). Sin embargo, la Seguridad Social permite a ciertos autónomos ver reducida de forma general su cuota de autónomos a través de lo que se conoce como tarifa plana.
La tarifa plana de autónomos, una bonificación fiscal de la Seguridad Social para nuevos autónomos durante dos años
Una tarifa plana que consiste en que el Gobierno, por medio de la Seguridad Social, concede a los emprendedores que quieran empezar su negocio una serie de bonificaciones para facilitar que el proyecto prospere durante dos años.
O lo que es lo mismo; una bonificación fiscal, una ayuda para emprendedores a los que considera que les costará asumir la cuota de autónomos. Así, la tarifa plana de autónomos es una reducción temporal de la cuota de autónomos, una cuota de autónomos más barata, una cuota de autónomo reducida en el primer año. Entre sus condiciones se encuentran las siguientes:
Durante los 12 primeros meses, con el actual sistema en vigor desde el 1 de enero de 2023, durante los 12 primeros meses pagarán:
- Una cuota reducida por contingencias comunes y profesionales cada mes. La cifra será la misma durante todo el año natural y cambiará cada mes de enero según marquen los presupuestos del ejercicio correspondiente. En principio, se ha pactado que sean 80 euros mensuales en los próximos años.
- No tendrán que pagar ni por cese de actividad ni por formación profesional.
Después de los 12 primeros meses, la cuota reducida del primer año seguirá aplicándose en los siguientes 12 meses si los rendimientos económicos anuales son inferiores al salario mínimo interprofesional. Ahora bien, en caso de no iniciar la actividad un 1 de enero, ese cálculo del segundo año afectará a dos ejercicios. En esos casos se exige para disfrutar del segundo año de tarifa plana que en ambos el rendimiento se quede por debajo del umbral citado.
Se debe cumplir un requisito fundamental para no perder la tarifa plana en la cuota de autónomos
Sin embargo, bien es cierto que esta normativa exige que los emprendedores y autónomos adscritos al RETA cumplan un requisito especial durante el segundo año para no perder esa tarifa plana.
Este requisito tiene que ver con los ingresos que el trabajador perciba durante el tiempo que se beneficia de esta reducción en la cuota de autónomos. Esta es una medida que se implementó en 2023, la condición de mantener unos beneficios inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante el primer año de actividad para poder seguir cobrando la Tarifa Plana durante el segundo año.
A partir de este año, muchos autónomos que se dieron de alta a principios de 2023 perderán la tarifa plana por haber superado el límite de ingresos mensuales el año pasado. El salario mínimo responde a 1.260 euros al mes en doce pagas o 15.120 euros al año. Por lo que aquellos que tengan unos beneficios superiores a esa cifra, ya no podrán beneficiarse de la tarifa plana.
Al mismo tiempo, y de igual forma que sucede con la cuota general, la Seguridad Social tampoco nos quitará inmediatamente el derecho a la tarifa plana si algún mes nos retrasamos con el pago. Pero eso sí; ese mes que nos retrasemos, nos obligarán a pagar la cuota completa correspondiente a la base de cotización hasta que saldes tu deuda.
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