El Ministerio de Seguridad Social ha informado de las medidas a las que se podrán acoger los trabajadores autónomos y las empresas cuya actividad se haya visto afectada por la DANA que ha arrasado varios municipios de la Comunidad Valenciana. Según ha informado el Ejecutivo ya hay 211 fallecidos y las tareas de emergencia continúan.
El departamento que dirige Elma Saiz ha señalado que los trabajadores autónomos podrán solicitar la prestación por cese de actividad ante su mutua sin periodo de carencia. Es decir, aunque no tengan el periodo mínimo exigido para tener derecho a esta prestación, que suele ser de doce meses.
Además, los días de prestación consumidos no se computan de cara a situaciones futuras, se mantiene el contador a cero, y ese periodo se computará como cotizado. Cabe recordar que la prestación equivale al 70% de la base reguladora. Según ha informado Seguridad Social, las mutuas reforzarán la difusión de los pasos para solicitar el cese de actividad para que la información llegue a todos los afectados.
En cuanto a las empresas, el Ministerio recuerda que "desde la reforma laboral se permite proteger a trabajadores y al tejido productivo en situaciones de crisis y emergencias como la DANA". En este sentido, recuerda que las compañías afectadas por la misma pueden solicitar un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor.
Esta herramienta que se popularizó durante la pandemia del coronavirus permite una exención del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social tanto de la empresa como de los trabajadores. Se puede acoger a ella cualquier trabajador sin consumir la prestación por desempleo y se debe solicitar en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o en el teléfono 060.
El departamento ha informado también de que a partir del lunes se reforzará la atención telefónica para atender las consultas sobre el Ingreso Mínimo Vital. Se podrán realizar consultas en el teléfono 020, que contará con un 40% más de plantilla.
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