El nuevo impuesto de basura, que empezará a aplicarse en abril de 2025, afectará a los municipios de más de 5.000 habitantes y responde a la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, cuyo principal objetivo es unificar las tasas de recogida de basura a nivel nacional independientemente de que el municipio ya aplicara este impuesto o no. El fin último del impuesto de basura es el cubrir el correspondiente coste real que supone la gestión de las basuras y de establecer un modelo de economía circular en línea con las directrices de la Unión Europea.

Claves para entender la nueva tasa de residuos

Este nuevo tributo, aunque pueda parecer nuevo, no es del todo nuevo, puesto que ya se aplicaba en algunos municipios, pero tal y como hará en 2025 será obligatorio para todos los municipios de más de 5.000 habitantes, y se establece en función de las exigencias de la UE empezando por la economía circular y también cumplir con los objetivos medioambientales, alcanzando reciclaje del 55% de residuos en 2025 y del 65% en 2035.

Dicha tasa ahora tiene que pagarlo todo hogar, dado que anteriormente lo podía cubrir el propio ayuntamiento o bien llegar a estar integrado en otros tributos, por lo que ahora debe ser una tasa que posteriormente tendrá que afrontar cada hogar de manera directa.

Impacto económico de la nueva tasa de basura en 2025

Económicamente, la nueva tasa de basuras puede oscilar bastante entre unos municipios y otros. En grandes ciudades, como puede ser el caso de Madrid, los recibos pueden variar en función del tamaño y del valor catastral de la vivienda o el local comercial, previniéndose, en comparación con el precio medio de los recibos, que el precio medio de una vivienda podría estar en la horquilla entre 50 y 150 euros anuales, estimación que puede variar mucho en función de cada municipio y de sus condiciones de servicio.

Muchos ayuntamientos ya empiezan a hacer avisos de que tienen un descuento en otros impuestos, como puede ser el caso del IBI, para contrarrestar el aumento de la tasa de basuras. A la par, en algunas localidades se han planteado bonificaciones para familias vulnerables o para aquellos que más reciclen, es decir, que fomenten la gestión de los residuos.

Aspectos legales de las nuevas normativas de basura

La Ley de residuos y suelos contaminados determina que este tributo debe establecerse a nivel estatal, obligando de esta suerte a las entidades locales a establecer la tasa y a gestionarla, a cuidarse de su recaudación y a satisfacer, el pueblo, incluso, el tributo.

Sin embargo, no todas las corporaciones locales han visto con buenos ojos la nueva norma, ya que la cultivan como un tributo que podría coartar su autonomía y su presupuesto.

El alquiler y la nueva tasa de basura

En lo referente a quién ha de realizar el pago de la tasa, la ley regula que el usuario que produzca los residuos, en este caso el inquilino, será el obligado al pago de la misma. Esto implica que, si existe un contrato de alquiler, el inquilino será el obligado al pago. No obstante, los propietarios podrían optar por incluir el importe correspondiente en el precio del alquiler, y ello dependerá de los pactado en cada contrato. Normalmente, el particular coste a abonar por el inquilino será entre las partes a convenir.

¿Cuánto sube el impuesto de basura?

El coste de la tasa de la basura no debe existir porque cada municipio calculará el valor de la misma atendiendo a sus gastos reales de recogida, tratamiento y gestión de los residuos no generarán un importe único de coste de la tasa, tan sólo existen medias de este impuesto en municipios con tasa, que rondan los 92 € anuales para viviendas, mientras que para comercio o industria el coste puede ser muy variable en función del tipo de actividad.

Quién paga el nuevo impuesto de basura

Cualquier vecino que viva en un municipio de más de 5.000 habitantes y disponga de once meses de contrato, debe pagar este impuesto, ya que hace uso del servicio de recogida de basuras que ofrece el municipio. Además, es el inquilino el que tiene asignada la obligación del pago de esta tasa, pero existe ocasión en que el propietario también tiene la posibilidad de abonarla si el contrato de renta que firmó con su inquilino estima algún tipo de acuerdo de complementación en el pago o en una carta separada de la renta se hace efectiva la tarifa.