Gastos extraordinarios por la vuelta al cole, la temida inflación que no ayuda a llegar a fin de mes o un cargo imprevisto. Todos ellos pueden hacer tambalear nuestra economía temporal o indefinidamente, y obligar a tomar decisiones para afrontar el cauce. Una posibilidad, no siempre contemplada, y a veces hasta desconocida, es pedir un anticipo de nómina a la empresa.
Se trata de un derecho reconocido en el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores: "El trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado".
Como veremos más adelante, el anticipo de la nómina se trata, por tanto, de un derecho recogido por ley y de aplicación a todas las empresas, aunque sus convenios no hagan referencia a esta opción. Por eso, en algunos de ellos se introducen mejoras y particularidades, de forma que pueda cobrarse más cantidad a la que correspondiese por días trabajados o, directamente, limitar el adelanto.
El trabajador sí puede solicitar un anticipo de la nómina a la empresa de los días devengados
Esto significa que el trabajador puede solicitar un anticipo de los días que haya devengado, es decir: si por ejemplo a día 15 solicitas un anticipo de tu nómina estás en tu derecho de poder cobrar hasta un máximo del 90% del total devengado, es decir, generado.
Es verdad que el mencionado estatuto no recoge el número de días en los que la empresa debe entregarte el anticipo, pero está claro que cuando alguien lo solicita es por una necesidad urgente que debe cubrirse rápidamente. En estos casos, siempre es importante la buena fe por parte del empleador para solventar esta situación de la manera más rápida posible.
Cabe mencionar que no se trata de ningún préstamo, solo que la cantidad que solicitemos se deducirá del salario habitual en la siguiente nómina.
¿Quién puede solicitar un anticipo de nómina?
Según el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, todos los profesionales asalariados tienen el derecho de solicitar un anticipo de nómina en relación al trabajo que ya ha realizado.
Ahora bien, no entran en este tipo de acciones salarios extraordinarios como pagas o salarios futuros por los que no se ha entregado trabajo aún. No obstante, este último punto puede ser contrapuesto mediante Convenio Colectivo.
¿Cómo afectan los convenios colectivos?
Los convenios colectivos de cada empresa regulan de manera específica los anticipos, por lo que en algunos casos concretos se tipifica el importe máximo e incluso los días exactos del mes en los que puede solicitarse y el tiempo de respuesta para que sean concedidos. De hecho, por lo general, este no debe ser superior al 30 o 40% del salario mensual neto
Otro punto clave que no resuelve el Estatuto del Trabajador es el número de anticipos que un mismo trabajador puede solicitar a lo largo de un mismo mes e incluso durante un periodo mayor. Nuevamente, estas condiciones quedarán reflejadas en el convenio de cada empresa.
Por norma general, se intenta regular que no sea un hábito constante por parte del trabajador ya que esto supone unos cambios de operativa importantes para las empresas y sobre todo afecta al flujo de caja habitual.
Qué hacer para solicitar un anticipo de nómina o sueldo
Como tal, la solicitud de este adelanto la deberá realizar el empleado a sus responsables o al departamento de Recursos Humanos. Legalmente, no existe un modelo de solicitud de adelanto de nómina, pero las empresas acostumbran a tener sus propios formularios o utilizar herramientas digitales. Para hacerlo, se puede seguir de la siguiente manera:
- Preparar el escrito para pedir anticipo de nómina con todo lo descrito anteriormente.
- Notificarlo al departamento de Recursos Humanos de la empresa o a la persona que sea responsable de este trámite.
- Realizar la solicitud de una forma que acredite que eres tú quien la realiza.
- Aceptar y firmar las condiciones del anticipo de nómina que se nos presentarán al ser aceptado por el cauce administrativo apropiado.
Una vez autorizado el anticipo de nómina, la empresa realizará una transferencia bancaria a la cuenta que indiquemos, como de costumbre, en un plazo máximo de 3 días hábiles.
Te puede interesar
Lo más visto
- 1 Cómo deberán los autónomos presentar sus facturas nueva ley
- 2 Ribera con vicepresidencia y Feijóo sin gafas
- 3 Iker Jiménez se victimiza tras el cierre de su canal de YouTube
- 4 José Luis Rodríguez Zapatero no existe, no es y no aparece
- 5 El discurso viral de un diputado israelí que acabó expulsado: "Netanyahu, eres un asesino en serie de la paz"
- 6 Arrancar miles de viñedos: la salvación que piden los viticultores
- 7 Inquilino o propietario, ¿quién deberá pagar arreglos de vivienda?
- 8 'Los siete maridos de Evelyn Hugo': una historia de amor, secretos y glamour en Hollywood
- 9 La juez deniega la suspensión de la declaración de Vito Quiles