Cuenta atrás para la última sentencia europea sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) al que están vinculadas cerca de 1 millón de hipotecas en España. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hará público este jueves su respuesta a una cuestión prejudicial planteada en abril de 2023 por la titular del Juzgado de primera instancia número 8 de San Sebastián.
Los despachos de abogados consideran que el fallo comunitario irá en la misma línea que los anteriores, en favor del consumidor. Aunque, en esta ocasión, esperan que las respuestas no dejen margen de interpretación a la Justicia española, que hasta ahora ha sido favorable a los intereses de la gran banca.
"En otras ocasiones respondía de una manera un poco ambigua que daba lugar a interpretaciones", explica en conversación con El Independiente Pilar Gomar, abogada especialista en derecho bancario del despacho Ruiz Ballesteros. "Las cuestiones están planteadas para que tenga que responder sí o no. Esperamos que no deje margen de interpretación por parte del Tribunal Supremo", añade.
Entre otras cosas, la jueza española pregunta si no incorporar el diferencial negativo como indicaba una circular del Banco de España es una práctica contraria a la buena fe en perjuicio del consumidor. También pregunta si se tenía que haber informado al consumidor de las características que tenía el IRPH o si resulta conforme a la doctrina del TJUE que el profesional contratante no estuviese obligado a informar al consumidor de cómo funcionaba el método de cálculo del índice y era el propio cliente quien tenía la obligación de informarse.
"Nos encontramos con una cuestión prejudicial que está planteada de una manera que anteriormente no se ha planteado y esa es quizá la esperanza de los consumidores que tienen sus préstamos hipotecarios con un diferencial IRPH", añade. En total, las entidades tienen referenciados préstamos por valor de más de 15.000 millones con este índice que se aplicó entre 1994 y 2013.
La jueza del juzgado de San Sebastián también pregunta si resulta conforme a la jurisprudencia de la Unión Europea que un consumidor pueda conocer por sí mismo y sin la información de un profesional que el IRPH incluye diferenciales y gastos a partir de la definición que se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Muy utilizado por las cajas de ahorros
Los despachos de abogados confían en que este último pronunciamiento del TJUE siente las bases para que consumidores puedan "recuperar grandes cantidades de dinero que han pagado de más en sus hipotecas". Las reclamaciones por su uso como índice principal comenzaron a aparecer entre 2013 y 2016, cuando se estabilizó en valores próximos al 2%, mientras que el euríbor empezó a aproximarse a cero y entró en terreno negativo.
Una vez se pronuncie el tribunal europeo, los jueces de primera instancia podrán aplicar ese criterio, aunque las entidades bancarias pueden recurrir hasta llegar al Supremo. En este órgano están pendientes varios recursos de casación que ahora tendrán que resolverse en base al último parecer que emita el tribunal comunitario.
El índice era muy utilizado por las antiguas cajas de ahorros. Por territorios, Barcelona es uno de los lugares donde más litigios hay porque CaixaBank, heredera de La Caixa, es una de las que más hipotecas hizo en base a este índice. En todo caso, también hay una parte de litigios que ya han tenido sentencia firme y los usuarios no podrán recuperar el dinero abonado en base a estas clausulas.
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