Una jueza de Madrid ha dado validez al Whatsapp como medio para notificar la ausencia del puesto de trabajo por una causa justificada, en una sentencia que anula una sanción de siete días de suspensión de empleo y sueldo impuesta por una empresa a un trabajador que recurrió a esta aplicación para su comunicación.
En representación del trabajador, el despacho Legalion Abogados impugnó la decisión de la empresa mediante la correspondiente demanda en la que alegó que sí había notificado su ausencia y el motivo de la misma mediante Whatsapp al gerente de la empresa aportando el justificante de asistencia a un centro sanitario con su hijo menor de edad que se encontraba enfermo.
La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Social número 20 de Madrid, se basa en los mensajes y el justificante que el trabajador remitió a la empresa ya que la representación de esta no compareció en el juicio, según informa EFE.
En un comunicado Legalion Abogados destaca que se trata de "uno de los permisos más modernos del Estatuto de los Trabajadores pues se introdujo como novedad en 2023, considerando el uso de esta aplicación de mensajería instantánea como un medio válido de notificación del trabajador a la empresa".
El abogado de Legalion que ha llevado el caso, Daniel Díaz Braojos, destaca que la sentencia ha estimado la demanda porque "el trabajador hizo un buen uso del permiso de fuerza mayor conforme al artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores para el cuidado de su hijo al acudir a urgencias y lo comunicó a la empresa de forma adecuada".
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