La reducción de jornada laboral pactada este viernes entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos fija en 37 horas y media el límite de horas semanal que puede acumular un trabajador contratado a jornada completa. La cifra representa una reducción con respecto al actual límite, que la ley establece en 40 horas.

Sin embargo, no son solo los trabajadores a jornada completa los que se pueden ver beneficiados por este nuevo límite. Por el camino, los trabajadores a jornada parcial, unos 2,8 millones de personas, también podrían ver sus condiciones mejoradas. Tanto es así que la cuestión de si se los contemplaba o no en el pacto fue durante meses uno de los puntos que alejaron las posturas entre sindicatos y patronal.

Representada por CEOE y Cepyme, la patronal decidió levantarse de la mesa de negociación hace un mes al entender que la postura fijada por la parte social y apoyada por el Gobierno resultaba demasiado inflexible.

Sin ellos, el documento firmado por Trabajo, CCOO y UGT finalmente dedica su disposición transitoria segunda precisamente a los trabajadores en tiempo parcial. Para empezar, el documento recoge que la reducción de jornada no puede quedar anulada por ninguna forma extra de remuneración de la que actualmente goce el trabajador. En esencia, esto quiere decir que no se puede quedar absorbida por ningún tipo de paga extra.

"La reducción de jornada establecida en la presente ley no podrá tener como consecuencia la afectación de las retribuciones ni la compensación, absorción o desaparición de cualesquiera derechos más favorables o condiciones más
beneficiosas que vinieran disfrutando las personas trabajadoras", recoge el escrito en su disposición adicional tercera. A este punto se le añade una disposición transitoria más que argumenta que si hubiera algún trabajador a jornada parcial que ya estuviera trabajando este número de horas, su contrato pasaría automáticamente a ser a tiempo completo.

No sería la única ventaja. Los empleados a tiempo parcial además podrían ver incrementado su sueldo si finalmente el acuerdo ve la luz en los actuales términos. "Las personas trabajadoras a tiempo parcial tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo que viniesen efectuando antes de la entrada en vigor de esta norma. Asimismo, tendrán derecho al incremento proporcional de su salario a partir de la aplicación de la jornada máxima ordinaria de treinta y siete horas y media semanales", recoge el escrito. Esto aplicará también a los trabajadores que hayan solicitado reducción de jornada, que en todo caso seguirán teniendo derecho a mantener intactas sus horas.

El control horario y las sanciones, las otras novedades del acuerdo

El pacto, que plantea el 31 de diciembre de 2025 como fecha límite para que las empresas se adapten a él y que, por tanto, afectaría de manera plena a los 13 millones de trabajadores que hay en España a partir de 2026, contempla también novedades con respecto al control horario y las sanciones que puede traer aparejado el incumplimiento de jornada por parte de la empresa.

Sobre lo primero, hace obligatorio para las empresas la implantación de nuevos sistemas de control: "Las personas trabajadoras, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán acceder de forma inmediata al registro en el centro de trabajo, y en cualquier momento. Además, el registro deberá ser accesible de forma remota para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la representación de las personas trabajadoras", dice el documento.

En la práctica, esto supondría la implantación de métodos de registro horario telemáticos en todas las empresas, que tendrán además la obligación de conservar los datos durante cuatro años para mantenerlos a disposición de los trabajadores, sus abogados y la propia Inspección de Trabajo. En declaraciones ofrecidas este viernes, Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, ha querido subrayar este punto: "Será un registro de jornada digital y fiable para garantizar la transparencia, prevenir abusos y directamente la Inspección de Trabajo va a saber en tiempo real cuál es la jornada que hacen los trabajadores".

Multas por cada trabajador

Según lo firmado, el incumplimiento de estas obligaciones supondrá para las empresas multas individualizadas: "En el caso de incumplimiento de las obligaciones en materia de registro de jornada, se considerará la comisión de una infracción por cada persona trabajadora afectada en los supuestos de ausencia de registro o el falseamiento de los datos registrados".

Díaz lo ha valorado como un avance: "Antes era una sanción única por la empresa, bastante barato, por cierto, pues ahora va a ser por cada trabajador afectado". Con la actual norma, las sanciones por tener mal recogida la jornada laboral de los trabajadores o directamente no recopilarla oscilan entre los 60 y los 625 por cada jornada que no se registró adecuadamente.

Los sindicatos, por su parte, han definido el acuerdo más como un punto de inicio que como una meta alcanzada. El secretario general de CCOO, Unai Sordo, se ha mostrado de hecho preocupado ante posibles cambios sustanciales en el camino que ahora debe recorrer la medida: "Somos conscientes de que la CEOE va a presionar". En la misma línea, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha indicado que en enero hablarán con los partidos con representación en el Congreso para tratar de acercar posturas con quienes se mantienen reticentes, especialmente Junts.