Evitar realizar el pago de una deuda con Hacienda no es algo habitual, pero dada una determinada serie de condiciones, esto podría ocurrir sin que el contribuyente tenga que preocuparse por posibles sanciones o multas, ya sea por ejemplo, por pequeñas cantidades que no compensan la reclamación que podría iniciar Hacienda o por las ventajas que presenta la Ley de Segunda Oportunidad. En este sentido, algunos contribuyentes tendrán la posibilidad de exonerarse o liberarse de sus obligaciones. A continuación, resumimos las claves de esta cuestión para saber qué casos están amparados.
Cómo y cuándo Hacienda decide perdonar deudas
Deudas inferiores a tres euros
La Tesorería del Estado ha precisado que las deudas que sean inferiores a la cantidad de tres euros no serán reclamadas. Esto es debido a que los costes administrativos de exigir el pago de la deuda, exceden el beneficio que se obtendría por la recaudación de la deuda. En este sentido, esta normativa se encuentra en el Boletín Oficial del Estado y se aplicará a deudas contraídas antes del 1 de junio de ese año.
Aunque pudiera parecer irrelevante para algunos, los contribuyentes que, a pesar de olvidarse, tienen deudas pequeñas, se les aplicará la norma. En cambio, si la cantidad que existe de la deuda es mayor de cuatro euros, la Agencia Tributaria mantendrá los requerimientos ordinarios de reclamación. De manera que, para deudas superiores a tres euros, Hacienda no deja la posibilidad de condonación.
Casos en los que no se aplica
Cabe mencionar que este beneficio no exime a aquellas personas que ya han sido notificadas de forma previa de su deber de pago, ya que de estar así en el supuesto en que tú estés dentro de este rango, la Hacienda actuará con las herramientas habituales para asegurar el cumplimiento del deber fiscal.
La Ley de Segunda Oportunidad y Hacienda: renegociar deudas mayores
Deudas superiores a 10.000 euros
La Ley de Segunda Oportunidad presenta una solución para aquellos que padecen graves dificultades económicas. En el caso de Hacienda, esta ley permite la renegociación e incluso la cancelación de parte de las deudas públicas. Sin embargo, el límite es de hasta 10.000 euros por administración, es decir, se pueden cancelar las deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, entre otras.
Para poder acogerse a esta ley hay que cumplir varios requisitos: la persona tendrá que residir legalmente en España, no haber sido condenada por delitos relacionados con lo socioeconómico, o bien tener más de un acreedor. Adicionalmente, el contribuyente tendrá que demostrar que no posee capacidad económica suficiente para satisfacer tales obligaciones.
Beneficios adicionales de la Ley de Segunda Oportunidad
Aparte de la reducción o anulación de deudas, esta ley ostenta otras ventajas, como que los embargos por impagos como consecuencia de cualquier deuda se paralizan de manera inmediata y se acaba también con que el deudor forme parte de los ficheros de morosos, lo cual le permite de nuevo tener acceso a los préstamos y las prestaciones.
¿Qué pasos seguir para beneficiarse de estas medidas?
Solicitudes en el caso de deudas pequeñas
Si la deuda es inferior a tres euros, no es necesaria la presentación de ninguna solicitud. La Agencia Tributaria aplica esta condonación de manera automática siempre que se cumplan los requisitos anteriormente mencionados. En consecuencia, si tu deuda se encuentra dentro de estos supuestos te puedes quedar tranquilo.
Procedimientos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
El procedimiento es más engorroso cuando hablamos de la Ley de Segunda Oportunidad. La persona que solicite la Ley de Segunda Oportunidad deberá iniciar un procedimiento que implicará la mediación con los acreedores. La mediación hay que llevarla a cabo ante los juzgados mercantiles o ante notarios, todo dependerá de cada caso. Siempre es recomendable consultar con un profesional legal que se asegure del cumplimiento de todos los requerimientos que establece la ley.
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