El Ministerio de Hacienda se prepara para la presentación de la declaración de la renta, cuyo plazo comienza la semana que viene, concretamente el 2 de abril de 2025. A partir de ese día, todas las personas pueden realizar el borrador y enviar su declaración.

¿Quién debe presentarla obligatoriamente?

En la campaña de la renta correspondiente al ejercicio fiscal del año 2024, hay ciertos sectores de la sociedad que están obligados a realizar de manera obligatoria la declaración de la renta.

En primer lugar, se encuentran las personas que reciben dinero por rendimientos del trabajo: aquellas personas que reciban por parte de un pagador un mínimo de 22.000 euros anuales y. Las personas que hayan recibido por parte de dos o más pagadores un mínimo de 15.876 euros anuales.

En segundo lugar, todos los trabajadores autónomos, es decir, que realicen labores de cuenta propia, están obligados a presentar este documento, aunque sus rentas no superen los ingresos mínimos. Por otra parte, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración de la renta aunque no superen las rentas exigidas para su presentación.

¿Los desempleados también tienen que realizar la declaración?

En los últimos meses, ha existido mucho revuelo acerca de si los perceptores del subsidio por desempleo tenían que presentar la declaración de la renta, a pesar de no llegar a los mínimos establecidos por Hacienda.

El Gobierno había anunciado que, a partir de la campaña de 2025, todas las personas que recibieran prestaciones por desempleo, debían presentar de manera obligatoria la declaración de la renta. En las últimas semanas, se ha decidido posponer esta obligación hasta el año 2026. Por lo tanto, las personas que se encuentran en paro no tienen por qué realizar la declaración, a no ser que superen los límites de ingresos establecidos.

Fechas en las que presentar la declaración de la renta

Existen varias fechas destacadas en el calendario para presentarla, dependiendo del canal a través del cual se va a realizar. Hay que enfatizar que hay varios métodos para realizarla: a través de Internet, mediante atención telefónica o de manera presencial.

  • A través de Internet. El 2 de abril de 2025 comienza el plazo de presentación.
  • Mediante atención telefónica. El 6 de mayo de 2025 empiezan las declaraciones a través de llamada telefónica. La cita previa para esta llamada se podrá solicitar a partir del 29 de abril.
  • En las oficinas de la Agencia Tributaria. A partir del 2 de junio de 2025 comienza el plazo de atención presencial, cuya cita previa podrá solicitarse a partir del 29 de mayo.