La campaña de la Declaración de la Renta comienza el 2 de abril de 2025. Por lo tanto, muchas personas tienen dudas acerca de si deben o no realizarla de manera obligatoria. Además, si les es rentable de cara a que Hacienda pueda devolverte dinero por las retenciones del ejercicio fiscal.
A partir de esta semana, ya se pueden actualizar y modificar los datos fiscales de cara al borrador de la declaración. Hay un sector de la población con el que hay ciertas dudas sobre la obligatoriedad de la presentación del borrador.
¿Qué pensionistas están obligados a hacer la declaración?
Las personas que perciban pensiones tienen que estar pendientes de cumplir con ciertas características o requisitos. Esto les permitirá conocer si están o no obligados a presentarla. Las personas que tienen que realizar sí o sí son las siguientes: las que perciban ingresos superiores a 22.000 euros anuales por parte de un solo pagador. También, las que reciban cotizaciones superiores a 15.876 euros anuales a través de dos o más pagadores.
Por otra parte, los beneficiarios de las pensiones de origen extranjero están obligados a incluir estas prestaciones en sus declaraciones de impuestos en España. Estas contribuciones se suman en la base imponible y, dependiendo la condición, se otorgan rebajas fiscales por doble gravamen internacional para prevenir la duplicidad en la imposición fiscal por los mismos ingresos.
Pensionistas exentos de realizar la declaración
Dentro de los pensionistas, existen algunos de ellos que se libran de presentar la declaración de la renta por cumplir ciertos requisitos, son los siguientes:
- Los que tengan incapacidad permanente absoluta y gran invalidez. Las personas con este grado de incapacidad están exentas de tributar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por lo que, estos beneficiarios no están obligados a presentar la declaración de la renta.
- Los que estén relacionados y derivados con actos de terrorismo. Las personas que sean víctimas de terrorismo reciben pensiones públicas extraordinarias y se encuentran exentas de tributación.
- Las que sean huérfanas y en favor de los familiares. Los pensionistas que reciban este tipo de ingresos, estarán liberados de presentar la declaración siempre y cuando, estas pensiones provengan de la Seguridad Social o de clases pasivas.
Deducciones aplicables en Madrid
De cara a la declaración de la renta, siempre existen deducciones y posibles ventajas según la comunidad autónoma en la que resida. Dentro de la Comunidad de Madrid, existen ciertos beneficios de cara a la presentación. Los habitantes de Madrid pueden disfrutar de descuentos particulares, como un 40% de descuento con un máximo de 9.279 euros para inversionistas en empresas emergentes, y hasta 721,70 euros por el nacimiento o adopción de hijos.
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