"El oso es Tous. Representa uno de los valores fundamentales de la marca y por lo que se la identifica en todo el mundo: la ternura". En 1985, a la vuelta de un viaje, Rosa Oriol tomó una decisión que sería determinante para la expansión de esta empresa familiar: la comercialización de una joya fabricada en oro con forma redondeada de plantígrado, emblema de la compañía catalana y mascarón de proa de su despegue internacional.
La alhaja diseñada hace 35 años para evocar "los recuerdos de la infancia" se puede convertir ahora en una pesadilla para los dueños de Tous, la modesta firma fundada por Salvador Tous Blavi y su esposa (Teresa Ponsa Mas) hace justo un siglo en la localidad barcelonesa de Manresa convertida hoy en una multinacional con una red de más de 700 tiendas repartidas por medio centenar de países de todo el mundo.
En vísperas de la campaña comercial del Día de los enamorados, el Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional ha citado a declarar este miércoles al representante legal de S. Tous SL a raíz de la denuncia presentada el pasado 12 de diciembre por la Fiscalía. Como ha desvelado El Independiente, el Ministerio Público aprecia indicios de la posible comisión de delitos de estafa continuada, falsedad documental, corrupción en los negocios y publicidad engañosa.
La empresa sostiene que todas las joyas de oro y plata que comercializa "son siempre de primera ley" y que "cumple con todos los estándares mundiales de certificación de metales preciosos", al tiempo que defiende que la legislación de metales preciosos permite incorporar "núcleos no metálicos que ayuden a conferir estabilidad a la pieza".
Los hechos tienen su origen en la denuncia que el 14 de diciembre de 2018 presentó Consujoya ante la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil en Córdoba. Dicha asociación de consumidores y usuarios de joyería ponía en conocimiento de los investigadores policiales que había detectado que piezas que Tous publicitaba como de oro de 18 o 24 quilates o plata de primera ley poseían en su interior un material no metálico.
La Guardia Civil de Córdoba puso en marcha entonces la Operación Kodiak -subespecie del oso pardo que habita en la isla del mismo nombre perteneciente al estado de Alaska- de la mano de la Fiscalía de Córdoba, que terminó inhibiéndose en favor de la Fiscalía de la Audiencia Nacional al entender que es el órgano competente de los hechos por tratarse de un presunto fraude que "puede afectar a multitud de productos, distribuidos por todo el territorio nacional y la Unión Europea". La dispersión de la «investigación de la trama» podría comprometer la eficacia de las pesquisas, sostiene el Ministerio Público.
"Relleno interior de material no metálico"
"La empresa Tous está comercializando piezas de joyería rellenas de un material no metálico incumpliendo lo dispuesto en la legislación vigente. Se intuye que la finalidad de esta práctica es abaratar costes en la fabricación de piezas de metales preciosos manteniendo el peso y la apariencia de una pieza sólida, compuesta únicamente por metal precioso", mantiene la Guardia Civil.
La denuncia de la Fiscalía de la Audiencia Nacional no pasa por alto las conclusiones que se detallan en el informe emitido por Análisis y Contraste de Metales Preciosos de Córdoba (Ecomep). A petición de Consujoya y en presencia del notario cordobés Manuel Rodríguez-Poyo, técnicos de este laboratorio cortaron dos joyas de Tous que se habían adquirido en Madrid -un colgante con un oso y otro con un elefante, ambas con marca de plata 925C1- para comprobar su interior. "Ambas piezas poseen un relleno interior de un material no metálico", revelaron.
La Audiencia Nacional investiga si la firma Tous, centenaria en 2020, cometió estafa al vender colgantes con su característico emblema rellenos de material no metálico
A la vista de esta presunta irregularidad, el notario solicitó a Ecomep que llevara a cabo el análisis necesario para determinar si las alhajas cumplían con los requisitos que establece la Ley sobre objetos fabricados con metales preciosos. Para que un objeto de metal precioso pueda ser comercializado como 'plata de primera ley', según el artículo noveno de la citada norma, tiene que alcanzar las 925 milésimas. "No se admitirá tolerancia en menos", añade.
El análisis de los dos colgantes de plata de la marca Tous se llevó a cabo el 12 de noviembre de 2018 en el laboratorio de la empresa Ensayos y Contraste de Metales Preciosos de Andalucía SLU -autorizado por la Junta de Andalucía- y arrojó el siguiente resultado: la joya del elefante (con un peso de 3,05 gramos) tenía 743,8 milésimas de plata y la del oso, pese a pesar más (3,85 gramos), alcanzaba 734,7 milésimas. En ambos casos, por debajo del umbral que fija la legislación vigente.
"Las muestras quedan fuera del alcance de la acreditación ya que no hay suficiente homogeneidad entre sus réplicas. Esto es debido al relleno presente en las muestras", concluyó el responsable del laboratorio, el químico Francisco Carbonero Fernández, en el informe emitido.
Utilizando la técnica de fluorescencia de Rayos X, el análisis permitió constatar que el exterior de la pieza era plata de "al menos 925 milésimas". Y el interior un relleno de material no metálico, lo que acrecentó definitivamente las sospechas y motivó la denuncia inicial ante la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil en Córdoba.
El Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos acepta el uso de materiales no metálicos (yeso, masilla, plástico...) para situaciones muy concretas, como unir piezas de metales industriales a otras de metales preciosos o rellenar fondos de vasijas o candelabros para darles estabilidad, pero no la utilización presuntamente irregular que habría hecho Tous y que ahora investiga el juez Santiago Pedraz. "Los materiales no metálicos no deberán colorearse ni recubrise para darles la apariencia de metales preciosos", advierte el citado reglamento.
Por todo ello, la Fiscalía de la Audiencia Nacional entiende que, indiciariamente, Tous estaría vendiendo productos ofertados como de un determinado metal sin que deban tener dicha consideración, lo que permitiría su tipificación en esta fase inicial de la investigación como un posible delito de estafa continuada.
El análisis de dos piezas en un laboratorio cordobés hace un año hizo saltar las alarmas: no alcanzaban las milésimas mínimas de plata que establece la ley
La actuación incurriría presuntamente también en publicidad engañosa al hacerle creer ilusoriamente al consumidor que le está vendiendo un producto con unas características que en realidad no tendría. Desde el punto de vista penal, los hechos también revisten indicios de un delito de corrupción entre particulares (bien sea en su modalidad activa o pasiva): el directivo, administrador, empleado o colaborador de una empresa o sociedad que "reciba, solicite o acepte un beneficio o ventaja no justificado de cualquier naturaleza".
Asimismo, la investigación trata también de determinar si hay falsedad, derivada del control o señales con las que deben ser marcados los objetos de metales preciosos como control de su idoneidad. Es por ello por lo que las pesquisas alcanzan también a Applus Laboratories, la firma barcelonesa que se habría encargado de la citada prueba y que también ha citada a declarar como investigada este miércoles.
Contraste "sin cumplir los requisitos"
En su artículo 67, el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos establece que, "en los objetos de oro y de plata que se expongan al público para su comercialización, se hará constar de forma explícita la ‘ley’ de la aleación, bajo las expresiones ‘oro de primera ley’, ‘oro de segunda ley’, ‘plata de primera ley’ y ‘plata de segunda ley".
La citada normativa obliga a marcar los objetos de metal precioso destinados al mercado interior. Según la denuncia, Tous habría obtenido el contraste de las piezas analizadas en un laboratorio "sin cumplir los requisitos para ello", circunstancia que deberá aclarar ahora la investigación que lleva a cabo el juzgado que dirige Santiago Pedraz.
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