La asociación Consujoya considera que el juez del caso Tous no ha valorado "pruebas contundentes" recabadas por la Guardia Civil durante la investigación y recurrirá el auto por el que el titular del Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional ha archivado las actuaciones contra la compañía catalana y el laboratorio barcelonés que certifica sus piezas de joyería (Applus) al no constatar los indicios de los delitos que sí apreciaba la Fiscalía.
Magdalena Entrenas, la abogada que ejercía la acusación popular en nombre de Consujoya, ha confirmado a este diario que combatirá en reforma la resolución del juez al entender que ésta incurre en "omisiones" relevantes y se produce sin que se hayan practicado las diligencias propuestas por el Ministerio Público para el esclarecimiento de los hechos.
Como desveló El Independiente, el magistrado Santiago Pedraz abrió diligencias el pasado 13 de diciembre tras la denuncia formulada por la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra S. Tous SL y Applus Laboratories (división del grupo Applus Services SA) al entender que podrían haber cometido delitos de estafa continuada, falsedad documental, corrupción entre particulares y publicidad engañosa por la venta y certificación de piezas de joyería rellenas de material no metálico.
El Ministerio Público valoraba en la tarde de este lunes si recurre también el archivo, para lo que dispone de un plazo de tres días. Se da la circunstancia de que el fiscal que firmó la denuncia -José Javier Polo- no se encuentra actualmente en activo al encontrarse en situación de excedencia voluntaria desde el pasado 19 de diciembre. Su lugar en el procedimiento lo ocupaba Joaquín González Herrero.
El juez ha acordado el archivo de las actuaciones tras haber tomado declaración como investigados a representantes de ambas empresas, la única diligencia que ha practicado. El instructor considera que las joyas comercializadas por Tous "estarían amparadas por la ley" y que la firma catalana no engaña el consumidor porque ni les oculta que dichas piezas pueden tener núcleos no metálicos ni las vende como si fueran macizas, por lo que resulta estéril llevar a cabo otras pesquisas.
No contrasta casi ningún laboratorio
Consujoya, denunciante inicial de las supuestas irregularidades, considera que el titular del Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional ha hecho una interpretación de la ley "muy favorable" para Tous y lamenta que haya pasado por alto las "pruebas" recabadas por la unidad orgánica de Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil de Córdoba sobre el hecho de que ningún laboratorio distinto a Applus contrastaría un tipo de joyas como las comercializadas por Tous, rellenas con una especie de resina.
Así lo defendió el director del laboratorio Ensayos y Contraste de Metales Preciosos de Andalucía SLU (Ecomep), Fernando López Gómez, cuando declaró el 15 de enero de 2019 en sede policial. El testigo contó que en cierta ocasión un fabricante le consultó si podía contrastar unas pulseras que incluían en su interior un nervio de acero para darles flexibilidad y él le respondió que "podía venderlas, sin contrastar, como bisutería" pero no como joyas.
Consujoya censura que el juez archive el caso sin practicar todas las diligencias propuestas por la Fiscalía, que estudia recurrir también
Este especialista mantuvo que la Ley sobre objetos fabricados con metales preciosos y el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos -en vigor desde 1985 y 1988, respectivamente- se promulgaron "precisamente para evitar el relleno en piezas de joyería". Se trata de la práctica que Tous viene realizando en colgantes de plata desde 1996 aplicando la técnica del electroforming.
Frente a esa opinión, e invocando el Código Civil, Pedraz sostiene en su resolución que el citado reglamento autorizaría el relleno con material no metálico mediante el electroforming como excepción en el uso si no fuera porque dicha norma es de 1988 y la citada técnica -con la que la industria busca producir piezas de mayor volumen sin que éstas se deformen- comenzó a desarrollarse en los años 90.
Consujoya también censura que el magistrado no haya reparado en el contenido del artículo 39 del reglamento para la fabricación de objetos con metales preciosos, que establece que "la composición de los objetos fabricados será la misma para todas las partes de cada objeto con la excepción, en su caso, de las soldaduras". Y añade: "La 'ley' será uniforme en lodo el cuerpo del mismo o, en cualquier caso, superior a la mínima admitida como oficial, con la misma salvedad anterior".
Tous: "Salimos reforzados"
En un comunicado, Tous considera que sale "reforzada" por la decisión judicial en el año en el que la compañía se convierte en centenaria. "No es posible cumplir 100 años sin honestidad, esfuerzo y trabajo bien hecho", ha expresado Alba Tous, presidenta del grupo.
La empresa catalana ha agradecido la "fidelidad" a sus clientes y las "múltiples muestras de apoyo recibidas" en los últimos días, como las de la Asociación Española de Joyeros, Plateros y Relojeros; el Colegio de Joyeros, Orfebres, Relojeros y Gemólogos de Cataluña; la Asociación Nacional para la Defensa de la Marca; el Foro de las Marcas Renombradas y la Asociación de Creadores de Moda de España.
"Tous es una firma que cumple con todos los estándares mundiales de certificación de metales preciosos de primera ley. Todos los productos de la marca están certificados por la legislación española a través de laboratorios oficiales autorizados acreditados por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación), de los que reciben el contraste de origen y el contraste de garantía. En Tous, todas las joyas de oro y plata son siempre de primera ley", ha insistido.
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