El Tribunal Supremo se ha dado este jueves una nueva vuelta de tuerca sobre los gastos hipotecarios. El alto tribunal ha decidido que los costes de la tasación deben correr a cargo de los bancos, salvo en el caso de los préstamos firmados después de la última ley hipotecaria, que entró en vigor en verano de 2019.
Así, el alto tribunal resuelve que los consumidores tienen derecho a que se les devuelvan los importes pagados por el registro de la propiedad, la gestoría y la tasación en el caso de que la cláusula de su contrato en la que se les obligaba a ello haya sido considerara abusiva. Y solo aquellos que firmaran su hipoteca con anterioridad a la última ley inmobiliaria, la cual establece una distribución de los gastos y solamente carga a los clientes el coste de la tasación.
Una noticia muy bien acogida entre las asociaciones de consumidores. Desde Asufin celebran la sentencia y "que el Supremo zanje por fin el reparto de los gastos y, esta vez sí, a favor de los consumidores que podrán recuperar el 100% de gestoría, notaría y tasación".
Con este pronunciamiento, en efecto, queda zanjada la visión del Supremo sobre el reparto de los gastos hipotecarios que ha dado lugar a años de litigiosidad. De hecho, estos conflictos judiciales provocaron que el propio Supremo se contradijera en relación con el pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), pues en una sentencia asignó el coste a los bancos, pero días después lo cargó a los consumidores.
Esta circunstancia derivó en que la última ley hipotecaria, entonces en tramitación, incluye un reparto claro de los gastos y solamente asigna al cliente el de tasación.
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