La Audiencia Nacional ha dado el visto bueno a la libertad condicional del expresidente de Bankia Rodrigo Rato, a propuesta del Centro de Inserción Social del que dependía, tras valorar su edad, comportamiento y la "antigüedad" de los hechos por los que ingresó en prisión, las tarjetas black de Caja Madrid.
En el auto, al que ha tenido acceso Efe, el juzgado central de Vigilancia Penitenciaria concede dicho beneficio a Rato, que desde el 25 de octubre de 2018 cumplía una condena de cuatro años y medio de prisión por apropiación indebida.
El exvicepresidente del Gobierno ya obtuvo el pasado octubre el tercer grado penitenciario o régimen de semilibertad, que le permitió salir de la cárcel mediante control telemático.
En su propuesta de libertad condicional, la Junta de Tratamiento del CIS Victoria Kent ha valorado el "pronóstico favorable de Rato", que ingresó en prisión "de forma voluntaria", es "septuagenario", ha tenido una conducta penitenciaria "adaptada" y ha realizado de manera "positiva" el programa de reinserción.
También ha tenido en cuenta la "antigüedad" de los hechos por los que fue condenado y cuya responsabilidad civil pagó "integramente", así como la modalidad de vida que ha mantenido una vez recibió la semilibertad.
Argumentos que ahora atiende el magistrado, previo informe favorable del Ministerio Fiscal, que fija una serie de medidas como la custodia familiar o fraternal de Rato, la obligación de residir en el lugar que designe y de fijar domicilio, el seguimiento por los servicios sociales penitenciarios, y la obligación de comunicar cualquier posible detención, imputación o condena en proceso penal.
El pasado septiembre, la sección cuarta de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió al expresidente de Bankia y al resto de acusados por la salida a Bolsa de la entidad, aunque aún está pendiente de los recursos de casación de varias acusaciones.
Además, continúa abierta la investigación sobre su patrimonio después de que la Audiencia Provincial de Madrid ordenara dar marcha atrás al procesamiento por supuesta corrupción en la contratación de la campaña de publicidad del banco, y agruparla en una causa común con los presuntos delitos fiscales y de blanqueo, que instruyen los juzgados de Plaza de Castilla.
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