Si bien cada vez resulta algo menos habitual dentro de la sociedad española, gracias al aumento notable de entrada de la mujer en el mercado laboral, sigue habiendo muchas personas que, bien por necesidad o por logística familiar, no trabajan y se distinguen como amos o amas de casa para dedicarse a las tareas del hogar. Las personas que se dedican a ello, ¿qué necesitan para cobrar una pensión? ¿Pueden?
Hablamos de un trabajo como cualquier otro, con la diferencia, eso sí, de que no reporta cotizaciones para cobrar una pensión de jubilación contributiva. Este elemento resulta perjudicial para los amos o amas de casa, si bien tienen una alternativa para cobrar un dinero cuando llegue el momento de jubilarse.
Si no tienen ingresos suficientes, las amas de casa tienen la opción de acceder a la pensión de jubilación, si bien en una modalidad no contributiva. La cuantía, al año, de esta prestación, ha formado parte de aquellas que se revalorizan en 2024, hasta llegar a una cantidad de 7.250,60 euros anuales.
Para hablar de la pensión de jubilación que pueden cobrar las amas de casa o los amos de casa, hay que establecer una definición para las denominadas PNC o pensiones no contributivas. Estas son prestaciones, en forma de cuantía económica, que reciben personas con invalidez diagnosticada o jubilados que no han cotizado a la Seguridad Social el tiempo correspondiente al mínimo establecido por el ente público, para el cobro de una prestación contributiva.
Así, las pensiones no contributivas, que en este caso pueden beneficiar a las amas de casa, tienen como misión garantizar un ingreso económico mínimo y proporcionar asistencia médica y farmacéutica sin coste extra. Las PNC están gestionadas por parte de las Comunidades Autónomas y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, el Imserso, si bien dependen también de la Seguridad Social.
Los requisitos para la pensión de una ama de casa
El amo o ama de casa tiene una diferencia notoria con los empleados o empleadas del hogar, y es que lo segundo sí se considera un empleo e implica que el trabajador/a, externo a la familia en cuyo hogar trabaja, tiene que estar dado de alta en la Seguridad Social y, por ende, cotizando para acabar obteniendo una pensión de jubilación.
Sin embargo, en el caso de las amas de casa, hay que cumplir con tres requisitos para cobrar la pensión de jubilación no contributiva. El primero es correspondiente a la edad, y es que habrá que haber cumplido 65 años para ser susceptible de cobro de la prestación.
Además, hay que ser ciudadano español o haber residido de manera legal en España durante 10 años, dos de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud, y consecutivos. Como último requisito, los ingresos en el momento de la jubilación deben ser inferiores a la cuantía de la prestación no contributiva, de 7.250,60 euros.
Como excepción, en caso de que los ingresos al año sean superiores a la cantidad mencionada, pero si hay convivencia con familiares, se dará por óptimo el requisito si la suma de los ingresos, anuales, de todos los miembros de la unidad familiar es inferior a:
- 12.326,02 euros para dos convivientes
- 17.401,44 euros para tres convivientes
- 22.476,86 euros para cuatro convivientes
- 30.815,05 euros para 2 convivientes (con padres o hijos)
- 43.503,60 euros para 3 convivientes (con padres o hijos)
- y 56.192,15 euros para 4 convivientes (con padres o hijos)
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