Vivimos en un mundo cada vez más globalizado y en donde un autónomo puede que encuentre a sus clientes más allá de las fronteras españolas. O, incluso, aunque se encuentren en España, puede que su domicilio fiscal esté fuera. Para que un autónomo pueda facturar y trabajar con normalidad en esta situación, debe dar previamente una serie de pasos legales. Antoine Kerfant explica, desde su portal especializado en gestiones empresariales, CrearMiEmpresa, los pasos para proceder de forma correcta.
Alta en el ROI
¿Por qué solicitar el ROI? Para que las facturas realizadas por prestación de servicios a empresas o clientes de otros países de la Unión Europea estén exentas de IVA. En España, siendo autónomo, se debe presentar un documento (modelo 349) en el que se detalla la facturación a cada entidad de otro país. Estando ambas partes registradas en el ROI el cliente se ahorrará pagar ese IVA de forma totalmente legal.
En caso de que el cliente o empresa no estuviera registrado, habría que facturar el impuesto local. Si es el trabajador por cuenta propia que va a realizar la actividad el que no está registrado, con otros particulares no suele haber problema pero con otras empresas sí puede haberlos. Si estas entidades están inscritas en el ROI para evitar pagar esos impuestos, lo más habitual es que no quieran pagarlo y busquen otro autónomo que le preste los mismos servicios.
Comprobación de registro y datos facilitados
Para saber si la otra parte está registrada, bastará con que el autónomo acuda a la página web de la Comisión Europea, concretamente en la del VIES. Allí habrá que ingresar el número de IVA intracomunitario facilitado por el cliente y se podrá comprar si está dado de alta.
Es importante que el autónomo compruebe que los datos que le han dado son reales, ya que al tener que hacer posteriormente la presentación de los ingresos facturados a empresas o clientes extranjeros, podría llegar a tener asumir las responsabilidades y pagar una multa por no facturar el IVA.
Pero, si el trabajador por cuenta propia aún no tiene clientes fuera de España, ¿por qué debe registrarse? Porque el proceso puede llegar a ser lento. Si un profesional autónomo está pensando en tener o está buscando empresas de la Unión Europea a las que ofrecer sus servicios podría encontrarlas antes de terminar los trámites.
Para registrarse en el ROI bastará con presentar el modelo 036 en la Agencia Tributaria. A partir de ese momento la Administración tiene un plazo de hasta tres meses para completar el registro. Además, en caso de que lo vean necesario, podrían solicitar al autónomo información adicional.
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