Para los trabajadores por cuenta propia que ejercen su actividad profesional desde su vivienda habitual resulta, en ocasiones, algo complicado saber qué impuestos pueden deducir y cuáles no. Una última consulta a la Dirección General de Tributos aclara un caso específico que plantea la deducción en IVA e IRPF de los suministros del hogar, cuando se utiliza parte de él para la actividad. Como veremos a continuación, la posibilidad de deducción varía en función del impuesto del que se trate. Además, las fórmulas para deducir los suministros tienen ciertas limitaciones.
Deducir gastos en el IRPF
En el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sí que se podrán deducir los gastos de suministros. De este modo, el gasto que el autónomo haga en agua, electricidad, luz, internet, etc., será deducible aplicando el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de vivienda que se utilizan para el desarrollo de su actividad y su superficie total. En ocasiones puede llegar a aprobarse un porcentaje mayor o menor, siempre que así lo apruebe la propia Agencia Tributaria.
Para explicar esto la Administración pone como ejemplo que, si se destina un 30% de los metros de la vivienda aa la actividad será el 30% del 30%; es decir, un 9% de la cuantía de las facturas de esos suministros.
Al hacer dicha deducción será imprescindible que estos mismos suministros cumplan tres requisitos: una correcta imputación temporal, deben estar justificados y tienen que constar dentro de la contabilidad o libros de registro del autónomo. Los servicios de Gestión e Inspección de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria son los encargados de la comprobación de estas deducciones y gastos.
La deducción desde el punto de vista del IVA
Por otro lado, respecto al IVA, esta deducción no será posible. Para justificar esta imposibilidad la Administración señala que las cuotas y facturas relacionadas con los suministros no están “directa y exclusivamente” relacionados con la actividad profesional al tratarse no sólo de un espacio dedicado al desarrollo de la actividad, sino que también es la vivienda habitual.
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