Una nueva Orden publica las bases reguladoras para conceder ayudas a pymes con proyectos de desarrollo tecnológico y contenidos digitales.
Estas ayudas se dividen en dos programas diferentes. El primero se dirige al desarrollo de la oferta tecnológica basada en tecnologías habilitadoras digitales. Para estos tendrán prioridad los proyectos que se encuentren en una nivel de madurez tecnológico TRL (Technology Readliness Level) 7 u 8, aunque en cada convocatoria se determinará el nivel exigido así como la documentación que deberán aportar los solicitantes.
Por su parte, la segunda línea de actuación está dirigida al desarrollo innovador de contenidos digitales. Este programa está dirigido a proyectos de desarrollo experimental y a la generación de contenidos relacionados con la demostración de tal desarrollo.
¿A qué se pueden destinar las ayudas?
Las ayudas podrán subvencionar una serie de gastos directos en ambos programas. Estos son los costes de personal, es decir, las nóminas de los trabajadores contratados y los gastos de los socios que trabajen en la empresa; los costes que supongan los servicios prestados por personal externo; los gastos que supongan los informes de auditoría externa que deba presentar el empresario; y, por último, los costes para de material o instrumental inventariable que sean necesarios para el proyecto.
En el caso de los proyectos de tecnologías habilitadoras digitales, recibirán subvención tres tipos de actuaciones diferentes. Primero, aquellas que se lleven a cabo para el desarrollo de la propia solución tecnológica (mejora funcional, seguridad, estabilidad o madurez de la misma); segundo, aquellas relacionadas con los prototipos (validación, certificación o puesta en marcha); y tercero, las relacionadas con la adaptación y puesta a disposición de datos necesarios para la mencionada solución y que sirvan para la certificación y validación.
Para el programa de ayudas al desarrollo innovador de contenidos digitales se definirá en cada convocatoria el modelo determinado, aunque el proyecto siempre deberá estar relacionado con el desarrollo de TICs de las industrias de contenidos digitales. De esta forma se subvencionarán las actuaciones de creación de contenido digital y aquellas necesarias para el desarrollo de tecnologías aplicables a estas industrias.
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