Aunque, en base al refranero popular, podríamos decir que “cada autónomo o empresario es un mundo”, lo cierto es que existen determinadas fechas comunes a tener en cuenta en materia fiscal.
Durante este mes de enero el IRPF será el que cobre el mayor protagonismo. No en vano, hasta el día 20 se han tenido que presentar los modelos 111, 115 y 123 que se corresponden con las retenciones e ingresos a cuenta del último trimestre de 2019.
Pero, además, aún quedan los pagos fraccionados de renta (modelos 130 y 131), así como el resumen de retenciones e ingresos a cuenta del pasado ejercicio (modelos 190, 180 y 193) y la atribución de rentas de las comunidades de bienes (modelo 184). El plazo para el primero será hasta el día 30, mientras que para el segundo habrá un día más (31 de enero).
El IVA, ¿cuándo debe declararse?
En cuanto al IVA, se deberán presentar los modelos 303 y 390, referentes al cuarto trimestre de 2019 y al resumen anual respectivamente. Para realizar este trámite los autónomos dispondrán hasta el día 30 de enero.
Por su parte, finaliza el 2 de marzo tanto la presentación de opción de pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades (modelo 036), como la declaración anual de operaciones con terceros del ejercicio anterior (modelo 347).
Abril, otro mes temido
Abril vuelve a ser un mes muy completo respecto a autoliquidaciones y declaraciones. Sin ir más lejos, el día 1 comienza el plazo para la presentación por internet de la Declaración de Renta y Patrimonio de 2019 ( modelo D100 y D714).
Además, el día 20 se terminará el plazo para las presentaciones del IRPF, IVA y Sociedades. En el primer caso se trata de las retenciones e ingresos a cuenta y pagos fraccionados del primer trimestre de 2020 (modelos 111, 115, 123, 130 y 131), el IVA corresponderá también con el primer trimestre, con la declaración a través del modelo 303 y en el caso del Impuesto de Sociedades será el primer pago de los “pagos fraccionados” (modelo 202).
En cuanto a este último impuesto, en abril también se deberá hacer la legalización de los libros contables obligatorios, siendo el cierre del año natural a través del registro mercantil. El plazo finaliza el último día del mes (30 de abril).
Fin de abril. Pero no fin a las obligaciones con Hacienda
El día 13 de mayo comenzará la campaña para la presentación de la Declaración de la Renta de 2019 en las oficinas de la Agencia Tributaria. Los modelos a cumplimentar y presentar serán los mismos que para su tramitación a través de internet, D100 y D714.
En junio las fechas dependerán de los resultados obtenidos con la Declaración de la Renta. A partir del día 25 será para aquellos con resultado a ingresar (domiciliación en cuenta) mientras que a partir de 30 les tocará a aquellos que les haya salido a devolver o al resto de casos.
Julio, por su parte, vuelve a ser un mes bastante cargado. Por un lado, por las declaraciones trimestrales de IRPF, retenciones e ingresos a cuenta y pagos fraccionados (modelos 111, 115, 123, 130 y 131) e IVA (modelo 303) podrán presentarse hasta el día 20.
Por otro, por lo que respecta al Impuesto de Sociedades. Hasta el día 27 se podrá tramitar el modelo 200, correspondiente a la Declaración anual de 2019 (entidades con cierre de año natural). Asimismo, contarán con plazo hasta el día 30 para el Depósito de cuentas anuales 2019 (entidades con cierre de año natural y aprobación de cuentas hasta el 30 de junio).
Un único mes de respiro
En Agosto no será necesario hacer más que las declaraciones mensuales correspondientes. En septiembre se sumará, a estas, un nuevo pago fraccionado de los grandes productores de energías eléctricas, a través del modelo 583.
En octubre los autónomos tendrán hasta el día 20 para realizar sus declaraciones de IRPF, IVA y del Impuesto de Sociedades. Mientras que las dos primeras serán las correspondientes al tercer trimestre, la del IS será la que respecta al segundo pago de los pagos fraccionados (modelo 202).
Por último en diciembre, siempre recordando las autoliquidaciones mensuales pertinentes, solo se realizará el tercer pago de los pagos fraccionados el Impuesto de Sociedades.
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