Las Administraciones Públicas de toda la Unión Europea tendrán que comenzar a ponerse al día con los pagos de las facturas, y realizarlos antes de los 30 o 60 días establecidos por ley. En caso de no hacerlo podrán ser sancionados.
Tal y como recoge la web del despacho de abogados Gómez-Acebo y Pombo, en un texto de la Catedrática de Derecho Administrativo, Blanca Lozano Cutanda, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya ha tomado parte y sienta jurisprudencia sobre el asunto.
Lo ha hecho mediante una sentencia en la que declara que Italia ha quebrantado el Derecho de la Unión Europea al no haber vigilado que las Administraciones cumpliesen los plazos establecidos de pago según la Directiva 2011/7/UE de medidas de lucha contra la morosidad.
Dicha directiva es la que marca los tiempos citados anteriormente de 30 días (o 60 en algunos casos) para realizar el pago de facturas. En caso de seguir incumpliendo esta norma, la República Italiana podría enfrentarse a un nuevo recurso del TSJUE en el que ya se impusiesen sanciones o multas, al considerar que no se han tomado las medidas oportunas para solucionar este problema pese a la sentencia ya dictada.
Esta resolución debería servir como advertencia al resto de Estados Miembros y, en especial, a España y sus Administraciones. Nuestro país, como indica Lozano Cutanda, sufre de “una morosidad sistemática” en el pago de facturas por parte de los poderes públicos a autónomos y pymes.
No en vano, según el informe publicado por la Federación Nacional de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA), las Administraciones Autonómicas tardan una media de 35 días en efectuar sus pagos, la Administración central 37 y las locales 65. Todos estos datos corresponden al primer trimestre de 2019, pero la situación no parece haber mejorado.
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