Poco a poco, muchos empresarios y profesionales, están volviendo a la normalidad. La reanudación de la actividad en muchos negocios y locales es un hecho pero, aún quedan muchas dudas.
Una de ellas es, por ejemplo, qué pasará ahora con aquellos autónomos que han percibido la prestación extraordinaria por cese de actividad y cuánto tendrán que pagar en los próximos meses.
Habrá exenciones de cuota en julio, agosto y septiembre
Para aquellos trabajadores por cuenta propia que hayan recibido esta prestación hasta el pasado 30 de junio, existirá una exención en las cotizaciones a la Seguridad Social y la formación profesional en los próximos tres meses.
En el mes de julio esta exención será del 100% de la cuota, por lo que no deberán pagar nada. En agosto, por su parte, será un 50% de la misma y, en septiembre, un 25%.
Esto quiere decir que, por ejemplo, un trabajador que cotice por la cuota mínima deberá pagar 141,66 euros y 212,49 euros en agosto y septiembre respectivamente.
Quienes continúen en cese no disfrutarán de la bonificación
Para aquellos autónomos que se encuentren recibiendo otros subsidios, ayudas o prestaciones por incapacidad temporal también se mantendrán dichas exenciones, siempre y cuando estas ayudas o prestaciones les obliguen a continuar abonando su cuota.
Por el contrario, aquellos que continúen en cese de actividad no tendrán derecho a tal bonificación, ya que se entiende que no han reactivado su actividad y perciben la prestación correspondiente.
La base de cotización a tener en cuenta para las exenciones será la que tuviese el autónomo prevista en esos meses. Asimismo, una vez finalice este periodo de exenciones, volverá a abonar su cuota habitual. Es decir, si su cuota mensual era la mínima, tendrá que pagar ya en octubre los 283,36 euros íntegros.
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