El Suministro Imnediato de Información del IVA, conocido como SII, es un sistema de la Agencia Tributaria mediante el cual las empresas informan de su facturación de forma online. Se comunican a través de él tanto las facturas emitidas, como las recibidas.
Esta comunicación debe ser casi inmediata, para cumplir con los plazos máximos establecidos y no cometer una infracción. Para ayudar a cumplir dichos plazos, Hacienda ha incorporado una calculadora en su página web. Te contamos cómo utilizarla.
Antes de utilizar la calculadora se explican los datos a introducir para evitar errores
Como paso previo al acceso de la calculadora habrá que elegir si se quiere realizar dicho cálculo sobre el libro de registro de facturas emitidas o de facturas recibidas. En ambos casos será necesario, además, elegir un subtipo. Cuando se trate de facturas emitidas, por ejemplo, se podrá escoger entre cinco opciones diferentes, que incluyen las facturas normales, simplificadas o asiento resumen, entre otras.
Una vez se ha elegido el subtipo pertinente, se cargará una página en la que aparecerá, en la parte de arriba, una explicación a los datos que habrá que incluir en la calculadora. En la de abajo, por otro lado, estará la propia calculadora. La explicación hace referencia, especialmente, a las fechas a incluir. De esta forma se espera ayudar al autónomo o empresario a que no haya errores y pueda hacer un cálculo correcto del plazo de presentación.
Para las facturas emitidas será necesario introducir tanto la fecha de devengo de la misma, como la fecha de expedición. En ambos casos se podrá escribir la fecha en el espacio correspondiente o bien se elegirá dentro del calendario desplegable. También habrá que aclarar si se trata de una factura emitida por un cliente o tercero (marcando “Sí” o “No” en las opciones disponibles).
Una vez se hayan completado todos los datos requeridos, se cargará de forma automática (en la parte inferior de la página) el cálculo de la presentación de las facturas. Aparecerá entonces la fecha de fin de plazo, el período de liquidación al que corresponde la factura y el ejercicio.
En las facturas recibidas habrá que señalar el período de presentación habitual
En el caso de las facturas recibidas el procedimiento será similar. Al inicio habrá que escoger entre siete subtipos distintos que incluyen, respecto a las emitidas, DUA y justificantes contables. Tras elegir en este primer paso, aparecerá una página (similar a la descrita con las facturas emitidas) con la información en la parte superior y la calculadora en la inferior.
Las fechas a incluir en el caso de las facturas recibidas serán la de recepción y la del registro contable. Además será necesario añadir el período de presentación (mensual o trimestral) que corresponde a la empresa. De nuevo, una vez que se hayan cumplimentado todos los datos, aparecerá el resultado de la calculadora con la fecha de fin de plazo, el período de autoliquidación y el ejercicio correspondiente.
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