Los autónomos tienen diferentes ocasiones, durante el año, en las que pueden cambiar su base de cotización. Y, ahora que finaliza el ejercicio, también se acerca la fecha límite para que este cambio tenga validez de cara al primer periodo de 2021. Un cambio que toma más relevancia, si cabe, a raíz de la crisis del coronavirus.
Existen cuatro ocasiones al año en las que cambiar esta base
Aquellos autónomos que quieran cambiar su base de cotización tienen hasta el 31 de diciembre para formalizar dicha variación. Se trata del último día para poder tener esa base de cara a los tres primeros meses de 2021, ya que estará vigente desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo. En función de la previsión de ingresos, dada la pandemia, puede ser una opción para disminuir momentáneamente las aportaciones, con el objetivo de reducir puntualmente este gasto.
Esta modificación se puede realizar a través del sistema RED, de forma telemática.
Estas fechas son:
- el 31 de marzo (vigente desde el 1 de abril, hasta el 30 de junio)
- el 30 de junio (vigente desde el 1 de julio, hasta el 30 de septiembre)
- 30 de septiembre (vigente desde el 1 de octubre, hasta el 31 de diciembre)
- 31 de diciembre (vigente desde el 1 de enero del año siguiente y hasta el 31 de marzo).
La base mínima subirá más de dos euros para el próximo año
Para cambiar la base de cotización el autónomo también tendrá que tener en cuenta los límites establecidos legalmente, en los que también influye la edad.
Así, la base mínima para 2020 era de 944,40 euros mensuales. Esto suponía una cuota mensual a pagar de 286,15 euros. Por su parte los trabajadores autónomos con 48 años o más, disfrutan de una cotización mínima de 1.018,50 euros mensuales. Este supone una cuota mensual que asciende hasta los 308,60 euros.
La máxima se establece en 2.077,80 euros para trabajadores mayores de 47, 48 años y más (salvo excepciones), lo que se traduce en 629,27 euros al mes de cuota. Además, la cuota máxima a pagar por los autónomos sería de 1.233,24 euros, lo que supondría una base de cotización de 4.070,10 euros mensuales.
De cara al próximo año estas cotizaciones serán más altas. Si ahora se traducen en un tipo de cotización del 30,3%; en el próximo ejercicio serán del 30,6%. Esto significa una cuota mínima cercana a los 290 euros al mes.
En lo que respecta a los autónomos societarios, o aquellos que tuviesen 10 o más trabajadores contratados por cuenta ajena, no existirá tal subida. Sus cotizaciones serán iguales a lo estipulado hasta en este 2020. Es decir, su base mínima se establece en 1.214,10 euros mensuales. Esto supone pagar una cuota mensual de 367,84 euros.
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