Algunos trabajadores reciben una paga por mes, es decir, 12 pagas. Otros reciben su salario en 14 pagas, con dos pagas extras: a mitad de año y a finales. Esto depende del convenio colectivo o de lo pactado con el empleador o empresa. Sin embargo, no todos los que tienen dicha paga lo cobran al mismo tiempo, por lo que en estas fechas es normal la pregunta de ¿cuándo se cobra la paga extra de Navidad en 2022?
Para aquellos que reciban este ingreso, la fecha variará sobre todo de si es trabajador para una empresa privada, si es funcionario o si es pensionista. Lo normal es que la paga extra de Navidad llegue entre noviembre y diciembre, pero cada una de estas situaciones hará que la fecha sea una u otra.
Estas son las fechas de cuándo se cobra la paga extra de Navidad por colectivos, en orden cronológico:
Paga extra de Navidad para pensionistas en 2022
Los pensionistas serán los primeros en recibir este ingreso, a finales de noviembre. A principios de mes, entre los días 1 y 4, la Seguridad Social ordenó el abono de esta paga. Llegará a los pensionistas, en principio, el día 25 de noviembre, aunque la fecha podría variar unos días según el banco.
Hay que tener en cuenta que no todos los pensionistas tienen paga extra de Navidad. Aquellos que tengan pensiones por enfermedad profesional o accidentes de trabajo no recibirán este ingreso. Pero esto no significa que cobren menos que el resto. En este tipo de pensiones, las pagas extras están prorrateadas, es decir, que ese dinero está dividido entre las otras 12 pagas ordinarias de manera equitativa.
Por lo tanto, los pensionistas que sí recibirán la paga extra de Navidad serán los pensionistas jubilados, los que reciban una pensión por viudedad y orfandad, los que la reciben por incapacidad permanente y los que la perciben a favor de familiares (sin causas laborales).
Según el diario digital especializado en información relativa a las personas mayores, estas son las fechas concretas en las que los jubilados cobrarán la paga extra. Cada banco tiene sus propias fechas, según las consultas realizadas por el medio a cada una de las entidades:
- Abanca: mantiene el pago el día 25 de noviembre
- Bankinter: se adelantará al 23 de noviembre
- BBVA: el 25 de noviembre, como en otros meses
- Caixabank: el día 24, fecha en la que la entidad siempre abona las pensiones
- Caja de Ingresos: es la entidad que más se adelantará, el día 22 de noviembre
- Cajamar: mantiene el pago el día 25 de noviembre
- Ibercaja: el 25 de noviembre, siguiendo la misma fecha de otros meses
- ING: también será el 25 de noviembre
- Kutxabank: previsiblemente, también será el 25 de noviembre como otros meses
- Sabadell: como en otros meses, el 25 de noviembre
- Santander: un día antes que la mayoría, el 24 de noviembre
- Unicaja: confirman desde la entidad que será también el 25 de noviembre
Funcionarios: fecha de cobro de la paga extra de Navidad 2022
Los siguientes en poder disfrutar de esta paga extra son los funcionarios públicos. Normalmente, estos reciben en sus cuentas el ingreso a finales de diciembre o principios de diciembre 2022.
Para este colectivo hay que diferenciar entre los funcionarios estatales, los de comunidades autónomas, los locales… y para qué administración concreta trabajan, ya que, dependiendo de ello, el día concreto puede variar.
El resto de trabajadores, ¿cuándo?
Para todos aquellos trabajadores que tengan un contrato con empresas privadas y tengan 14 pagas, la fecha todos los años suele oscilar entre los mismos días. Por ello, si no se tiene prorrateada, lo normal es que la paga extra de Navidad 2022 para la mayoría de trabajadores se reciba entre los días 15 y 25 de diciembre.
En el caso de tener problemas con ella, cabe resaltar que la paga extra es un derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores. En él se especifica: “El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores".
Con respecto a cuánto se cobra, el Estatuto de los trabajadores especifica que "igualmente se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales gratificaciones”. Por lo tanto, aunque la cuantía pueda variar, normalmente suele ser como la de una paga ordinaria o similar.
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