El Gobierno de España ha dado a conocer una nueva medida relacionada con la edad de jubilación. Esta entrará en vigor a lo largo de estos meses. Algunas profesiones poseen umbrales de peligro más elevados que otras, por lo que la salud de los trabajadores se ve afectada. Esto se debe a la inhalación de sustancias tóxicas y mortales.
Según anunció la Ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, el listado de estas profesiones se ampliará en este mes de febrero. El cambio más significativo que se producirá es el que conceda a los trabajadores solicitar la jubilación anticipada a los 52 años. Además de esto, también permitirá cobrar la pensión al completo.
Jubilación por discapacidad igual o superior al 65%
Para dichos casos en los cuales las situaciones laborales sean desfavorables, esta nueva medida actuará a su favor. Uno de los nuevos requisitos a cumplir es que ya no es únicamente necesario tener que cotizar en una de estas profesiones con estos niveles de riesgo. A esto se le incluirán todas las incidencias y bajas médicas solicitadas por los trabajadores, para certificar así que impacto está generando en su salud.
Todos aquellos ciudadanos que dispongan de un índice igual o superior al 65% de discapacidad, podrán tener la opción de jubilarse a partir de los 52 años. Otro de los requisitos necesarios es haber cotizado en la vida labora un mínimo de 15 años a la Seguridad Social, independientemente de haber tenido o no la discapacidad diagnosticada. Según se contempla, esta medida continuará estando vigente a parir del año 2025.
Cabe destacar que el Gobierno de España afirma que todos los trabajadores podrán tener acceso a esta medida de jubilación por cuenta ajena, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos como el periodo de cotización y la causa por la cual se solicita.
Jubilación por discapacidad igual o superior al 45%
Otras de las opciones planteadas para la solicitud de jubilación anticipada por discapacidad es la de tener un índice igual o superior al 45%. En este caso, las medidas varían respecto a las que presentaban un índice igual o superior al 65% de discapacidad. Uno de los datos que mantienen en común es haber cotizado mínimo 15 años a la Seguridad Social. También, para solicitar este permiso, es necesario haber cumplido 5 años con la discapacidad diagnosticada. La edad mínima con la cual se podrán jubilar las personas afectadas con este porcentaje es de 56 años.
A continuación, mostraremos un listado con las enfermedades por las cuales se podrá solicitar la jubilación anticipada en 2025, según la Seguridad Social.
- Anomalías genéticas
- Síndrome de Down
- Síndrome de Prader-Willi
- Síndrome X frágil
- Enfermedad de Wilson
- Anomalías congénitas secundarias a Talidomida
- Discapacidad intelectual
- Daño cerebral
- Traumatismo craneoencefálico
- Secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones
- Enfermedad menta
- Esquizofrenia
- Trastorno bipolar
- Enfermedad neurológica
- Esclerosis lateral Amiotrófica
- Esclerosis múltiple
- Síndrome de Tourette
- Lesión medular traumática
- Parálisis cerebral
- Secuelas de polio o síndrome postpolio
- Trastornos del espectro autista
Te puede interesar
Lo más visto
- 1 ¿Ducharse después de los 65? Menos es más, expertos opinan
- 2 El móvil del fiscal y la nave nodriza de Sánchez
- 3 En el bosque de Hürtgen, donde se selló el fin del ejército de Hitler
- 4 Prisa negocia para aplazar un vencimiento millonario de deuda
- 5 Guerra en directo en el Gobierno por la tributación del SMI: "Ni deliberación ni comunicación a Sumar. Nos enteramos por la prensa"
- 6 El documento que prueba la gran negligencia de RTVE con la UE
- 7 Hacienda retiene el 40% de la subida de las pensiones máximas
- 8 OPA de BBVA y Sabadell: el margen del Gobierno para endurecerla
- 9 El Gobierno establece nuevas condiciones para la jubilación
Comentarios
Normas ›Para comentar necesitas registrarte a El Independiente. El registro es gratuito y te permitirá comentar en los artículos de El Independiente y recibir por email el boletin diario con las noticias más detacadas.
Regístrate para comentar Ya me he registrado