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Veinte años de delincuencia 'infantil': 187.500 menores condenados, el 80% españoles

Los menores extranjeros que comenten delitos en nuestro país apenas representan el 20%, un porcentaje que permanece prácticamente inalterable desde 1998

La idea está extendida. Hay quien se ha encargado de difundirla periódicamente y quien siempre está dispuesto a aceptarla sin cuestionarla. Resurge cada vez que un delito conmociona a la sociedad y el origen de los autores se apunta como si fuera un agravante más. En los que con mayor rapidez se expande el bulo son los de carácter sexual, los que mayor rechazo social causan. Los hay incluso aún más graves, los homicidios, en torno a los cuales también se despierta la polémica. Pero no, los menores delincuentes de nuestro país no son habitualmente extranjeros, no son de fuera, no son ‘moros’ ni africanos. Son, en su mayoría aplastante, españoles.

Los datos no mienten. Los recaba anualmente desde hace dos décadas el registro Central de Menores y en ellos se constata que en nuestro país anualmente se juzga y se acusa de algún delito a entre 20.000 y 25.000 jóvenes de entre 14 a 17 años. Una cifra que oscila de año en año y que en la última década ha descendido ligeramente desde el techo de casi 30.500 juicios que alcanzó en 2010.

Y de entre todos ellos, en el 80% de los casos, los autores son de nacionalidad española y sólo en dos de cada diez casos proceden del extranjero. Y así ha sido de manera casi invariable desde 1998 hasta nuestros días. En todos estos años, la suma de menores condenados en nuestro país rebasa los 187.500, muchos de ellos han reincidido una y otra vez.

Desde 1998 han sido condenados por homicidio 724 menores de edad y 3.825 por delitos de carácter sexual

Según la regulación penal de nuestro país, los menores de 14 años son inimputables. De este modo, independientemente del delito cometido, no se les puede imputar el delito según establece la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores, que data del año 2000. Una cuestión polémica y cuya revisión siempre se reclama después de algún caso especialmente grave cometido por algún niño en nuestro país.

Responsabilidad penal

A partir de esas edad, desde los 14 años y hasta cumplir los 18 años, sí pueden ser imputados ya que se considera que tienen responsabilidad, pero su condena no será de carácter penal “criminal” y se les aplica un régimen jurídico particular. En los procedimientos se establece además rango de edad que modula la responsabilidad entre la franja de edad que va desde los 16 años hasta cumplir los 18.

De esta forma, en aras a facilitar la reinserción de los menores, se establecen otro tipo de sanciones, en las que en muchos casos el juez se apoya en el entorno familiar del menor para facilitar y procurar su reinserción.

A un menor de 18 años no se le imponen “penas” sino “medidas” dirigidas a su reeducación. Así, las medidas que incluyen internamiento -que no cárcel- son excepcionales y se reservan para los delitos más graves. En los últimos veinte años se ha decretado el internamiento en régimen cerrado en 9.229 casos, menos del 5% de los menores condenados. Además, en otros 29.093 casos se ha establecido pero en un régimen “semiabierto” y en 1.973 ocasiones en régimen abierto.

De las más de 200.000 condenas impuestas en dos décadas, el internamiento cerrado sólo se ha dictado en 9.229 casos

Jóvenes, niños en muchos casos, que se someten a un proceso judicial y que en la mayoría de los casos reciben una sentencia condenatoria. Así sucede en entre un 75% y 80% de los procedimientos. Y se trata de condenas en una inmensa mayoría contra menores de origen español. Sólo uno de cada tres delitos cometidos en nuestro país en las últimas dos décadas en España estuvo implicado algún menor extranjero.

Hurtos y robos

En la mayoría de los casos se trata de condenas por delitos contra patrimonio, muy por delante del segundo delito más habitual, el de lesiones. En el primer caso, los menores cometieron algún tipo de delito contra el patrimonio, fundamentalmente hurtos y robos. Es el que más condenas provocó, 97.000. Muy por detrás se encuentran la segunda modalidad de delito más habitual entre los menores, los delitos de lesiones, con algo más de 38.000 condenas. A todas ellas se suman varias decenas más de acciones similares protagonizadas por jóvenes de entre 14 y 17 años pero que fueron calificadas únicamente como faltas.

En el caso de delitos de mayor gravedad, como los de carácter sexual, en todos estos años la justicia ha condenado a menores de edad en un total de 3.825 ocasiones, una cifra muy significativa que ha ido en aumento desde 1998. Junto a él también figuran otro tipo de delitos de gravedad, como los homicidios “y sus formas”, por los que en estos últimos 20 años han sido condenados en nuestro país 724 menores de edad. En la categoría de “torturas” y delitos contra la integridad moral se han registrado desde 1998 nada menos que 12.350 delitos.

La comisión de delitos entre menores crece con la edad. Los de 14 años sólo representan el 15%, los de 17, el 32%.

La Justicia española establece que en ningún caso los menores de edad podrán ser condenados a penas de prisión. La alternativa es el internamiento en centros específicos, pero no es la más habitual. Los jueces optan en un porcentaje elevado por dejar en libertad, aunque vigilada, a los menores que condenan. La libertad vigilada ha sido la medida más frecuente dictada desde 1998, con cerca de 92.500 medidas de este tipo. Tras ella se sitúa la medida de condenar a los menores de entre 14 y 17 años realizar prestaciones en beneficio de la comunidad -67.137 condenas en dos décadas- y casi en la misma proporción a la realización de tareas socio-educativas.

Valencia, Cádiz y Alicante

Los delitos cometidos por menores han adquirido en los últimos años un mayor eco, en muchos casos por su carácter sexual y en otros por su violencia. Los lugares donde más casos se registran son, por una cuestión demográfica, Madrid y Barcelona. Sorprende sin embargo el gran número de delitos que cometen los jóvenes menores de 18 años en provincias como Valencia, Cádiz y Alicante.

Si en las dos grandes capitales de nuestro país en estos veinte años se han producido entre 15.000 y 17.000 delitos a manos de menores de edad, en las tres provincias del Levante la horquilla ha sido de entre 10.000 y 12.000.

En este colectivo la delincuencia aumenta a medida que crece la edad. Sólo en uno de cada cinco casos quien comete el delito es una mujer, en la inmensa mayoría de los casos se trata de chicos. A los 14 años, cuando se adquiere la responsabilidad penal, la presencia de menores en las sentencias emitidas por los tribunales es aún moderada, representan el 15% del total. En las dos últimas décadas 35.287 niños y niñas de esas edad fueron condenados. Sólo un año más tarde, a los 15, el porcentaje crece hasta el 23% y roza el 30% el número de delitos cometidos por menores que tienen 16. La mayor parte, al menos uno de cada tres, los cometen jóvenes de 17 años (el 32%).

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