El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado, por verse afectados los derechos y las libertades fundamentales, la ratificación de las medidas para cerrar Madrid acordadas en la Orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad para cumplir con la Orden del Ministerio de Sanidad en la que se acordó cerrar la capital y otros nueve municipios con más de 100.000 habitantes para evitar la expansión del coronavirus.
Los magistrados de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo consideran que la ley en la que se basó el ministerio de Salvador Illa al dictar la Orden para aislar a la ciudad no es la correcta (no contiene una habilitación legal) para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales.
En este sentido, la Sala reprocha que en este tiempo desde que se declaró la pandemia no se haya buscado un nuevo marco legal para garantizar constitucionalmente medidas restrictivas de derechos fundamentales como el de movimiento: "Resulta llamativo –se recoge en el auto- que ante el escenario sanitario descrito no se abordara una reforma de nuestro marco normativo más acorde con las confesadas necesidades de combatir eficazmente la pandemia del Covid-19 y afrontar la grave crisis sanitaria que padece el país, pese al consenso doctrinal existente acerca de que la regulación actual de los instrumentos normativos que permiten la limitación de derechos fundamentales, con el objeto de proteger la integridad física (artículo 15 CE) y la salud (artículo 43 CE), íntimamente conectados entre sí, resulta ciertamente deficiente y necesitada de clarificación".
"La Sala –finaliza el auto- es consciente de la gravedad de la crisis sanitaria sin precedentes, ante la que se enfrentan los poderes públicos y que padece nuestra sociedad, constatada ya el 11 de marzo de 2020, cuando la Organización Mundial de la Salud elevó la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. También lo es de la necesidad de adoptar medidas inmediatas y eficaces de diversa índole para proteger la salud de los ciudadanos, contener la propagación de la enfermedad y reforzar el Sistema Nacional de Salud, entre las que cabría incluir medidas limitativas de derechos fundamentales de mayor o menor alcance. Para ello nuestro sistema constitucional articula instrumentos jurídicos de diversa naturaleza que ofrecen cauces jurídicos diferentes para delimitar, modular, restringir, e incluso suspender los derechos fundamentales de las personas, respetuosos con las garantías constitucionales".
El recurso
La Comunidad de Madrid, a través de los servicios de Abogacía, presentó el pasado lunes a mediodía la solicitud de ratificación de las restricciones dictadas por el departamento que dirige Salvador Illa ante la sala de lo contencioso administrativo del TSJM. Desde entonces, este tribunal tenía un plazo tres días para dar luz verde a las nuevas medidas, el mismo procedimiento que se siguió con los semiconfinamientos localizados que Díaz Ayuso llegó a imponer en 45 áreas sanitarias de la región, y que quedaron soterrados tras la entrada en vigor de la orden de Sanidad el pasado viernes a las 22:00 horas.
Sanidad velará por "proteger la salud"
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha avanzado que el Ministerio de Sanidad adoptará "las decisiones jurídicas que mejor protejan la salud".
En su comparecencia este jueves en la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados, el ministro se ha mostrado "seguro" de que la Comunidad de Madrid "coincidirá en este planteamiento". Por ello, ha anunciado que ha reclamado una reunión del Grupo COVID-19 entre Madrid y Sanidad para "esta misma tarde".
El ministro ha señalado que "el plan A, B y C es proteger la salud pública siempre basándose en las recomendaciones de los expertos". "Pensamos siempre en los enfermos, las familias, las personas y los sanitarios", ha apuntado, añadiendo que a Sanidad le "importa muy poco, es decir nada, cualquier otra cuestión que no sea la salud de los ciudadanos".
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