La Audiencia Nacional notificará mañana la sentencia absolutoria para el ex mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluis Trapero, del delito de sedición por el que la Fiscalía pedía condenarle con 10 años de prisión, según ha avanzado la Cadena SER. Como alternativa, el Ministerio Público también planteó a la Sección Primera de la Sala de lo Penal que se condenara al jefe de la policía catalana por el papel de los Mossos en el proceso independentista, tanto los días 20 y 21 de septiembre de 2017 -cuando tuvo lugar el asedio a la comitiva que registró la consejería de Economía catalana- como en la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre. Los magistrados, finalmente, han decidido no condenar por ninguno de los dos delitos.
También quedarán absueltos el ex director de los Mossos, Pere Soler, el ex secretario general de la Consejería de Interior, César Puig, y la intendente Teresa Laplana.
La sentencia, que se notificará a las partes este miércoles, ha contado con los votos favorables del ponente del fallo, Ramón Sáez, y del magistrado Francisco Vieira. La presidenta del Tribunal, Concepción Espejel, ha redactado un voto particular contra la absolución.
La Fiscalía comenzó acusando por rebelión
El juicio contra la cúpula de los Mossos d'Esquadra, al que se llegó a denominar el segundo juicio del procés, arrancó en enero de 2020 con Trapero, Puig y Soler acusados por un delito de rebelión aunque el Tribunal Supremo ya había condenado a los líderes políticos del procés por sedición, malversación y desobediencia.
No fue hasta el final del juicio cuando los fiscales Miguel Ángel Carballo y Pedro Rubira rebajaron su petición de condena para los responsables de los Mossos a la sedición con la opción de condenar por desobediencia, sin penas de cárcel.
Papel necesario para el proceso independentista
Los representantes del Ministerio Público sostuvieron hasta el final que el papel de Trapero y de la cúpula de los Mossos fue necesario para que los políticos independentistas llevaran a cabo sus intenciones. En su informe final, el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, sostuvo que "la actuación de los Mossos d'Esquadra fue indispensable para la comisión del resto de delitos y para dar apariencia de una actuación legítima, lícita e incluso una apariencia internacional de que no solo se desarrollaba correctamente, sino hasta con una presencia institucional. No solo no se impidieron los actos del 20 de septiembre y el referéndum del 1 de octubre, sino que se le dotó con esa actuación de una apariencia de institucionalidad y de un ejercicio de derechos democráticos, cosa que en ningún caso era cierta".
Por su parte, Trapero no sólo negó que estuviera alineado con el expresidente Carles Puigdemont y el resto de miembros de su Gobierno, sino que afirmó que tenía un plan preparado para detener al expresidente catalán en caso de que se le hubiera pedido. Su abogada, Olga Tubau, que se desmarcó en la Audiencia Nacional de la estrategia del resto de lideres independentistas en el Tribunal Supremo y no discutió la competencia de dicho tribunal para juzgar al mayor de los Mossos, siempre solicitó su absolución. "No se le puede exigir lo que no ordenaron jueces ni fiscales", defendió en sus conclusiones definitivas ante la Sala que finalmente le ha dado la razón.
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