La Fiscalía Anticorrupción ha pedido el sobreseimiento de la investigación que se sigue en la Audiencia Nacional para saber si el Banco Santander facilitó que clientes españoles del banco suizo HSBC blanquearan fondos de sus cuentas en dicha entidad y evitaran declararlos ante el Erario Público español.
En un informe remitido el pasado día 21 de diciembre al Juzgado Central de Instrucción 5 al que ha tenido acceso El Independiente, los fiscales Carmen Launa y Juan José Rosa reconocen que a pesar de las "numerosas evidencias afloradas" durante la investigación, éstas "podrían resultar insuficientes para alcanzar la convicción del reproche penal a título de dolo, a la vista de la ausencia de una prueba directa, inequívoca y sin fisuras, que acredite el conocimiento cabal de que a través de los instrumentos puestos a disposición por ambas entidades, Banco Santander y BNP Paribas, a otra entidad de alto riesgo, HSBC Private Bank Suisse, se canalizasen fondos procedentes de actividades delictivas". Por eso, piden al juez el sobreseimiento de la línea de investigación denominada Pieza Entidades, que forma parte de las diligencias de investigación 63/2013 abiertas en 2016 en la Audiencia Nacional en la que están imputados casi una decena de directivos y exdirectivos del Banco Santander.
Invita a la CNMV a que investigue
De esta manera, la Fiscalía interesa que no siga adelante la instrucción que habría requerido la imputación del banco como persona jurídica. A pesar de que Anticorrupción explica que no puede sentar al Banco Santander en el Banquillo, invita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a que abra una nueva investigación “para depurar las responsabilidades que en su caso procedan” en su ámbito de competencia.
Además, la Fiscalía insta a la propia CNMV y a la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias que activen “mecanismos de control oportunos” para esclarecer si Banco Santander puede ser sancionado.
Informes de los peritos del Banco de España
La investigación llevada a cabo en la Audiencia Nacional recoge los informes periciales de inspectores del Banco de España designados judicialmente para ello en los que sí aprecian indicios de blanqueo cometido por el banco.
Según expone la Fiscalía, "con fecha 17 de diciembre de 2020 se ha celebrado la ratificación en sede judicial de los sucesivos informes realizados en la presente pieza por los peritos judicialmente designados, Inspectores del Banco de España, que procedieron al análisis en primer lugar de la información obtenida de la base de datos proporcionada por Hervé Falciani, y con posterioridad, de todos los elementos de la investigación practicada y que han ido surgiendo como consecuencia de la misma. Este acerbo probatorio ha puesto de manifiesto cómo la operativa por la que la entidad HSBC Private Bank Suisse proporcionaba a los contribuyentes españoles los mecanismos para ocultar sus fondos al Erario Público español (entre otros hechos delictivos), se extendía al aprovechamiento y repatriación de los mismos, contando con la necesaria actuación de su entidad corresponsal en España, BANCO SANTANDER SA y Santander INVESTMENT, y de BNP PARIBAS Securities Services que prestaron su apoyo en operaciones puntuales".
Actuaciones concretas de Alto Riesgo
A pesar de que Anticorrupción también repasa en su informe actuaciones concretas de la operativa desarrollada por los responsables de Banco Santander y Santander Investment de "Alto Riesgo en materia de prevención de blanqueo", no ve pruebas suficientes para proseguir la actuaciones por delitos recogidos en el Código Penal contra la entidad.
Los investigadores constatan que "en el caso que nos ocupa y en relación a las actuaciones investigadas en el marco de Banco Santander, existen movimientos de fondos ocultos vinculados al menos a seis condenados por delitos contra la Hacienda Pública y otro de los clientes investigados está actualmente pendiente de juicio oral por delitos constitutivos de fraude fiscal, cohecho y malversación en una de las Piezas de la trama (…)".
Pero argumentan que "sin perjuicio de lo expuesto, la ausencia en el momento actual de Jurisprudencia del Tribunal Supremo o Constitucional sobre la cuestión, unido a las evidentes dificultades técnicas que la resolución del problema plantea, no otorgan certeza sobre el resultado de la pretensión penal que pudiera plantearse en la sede de enjuiciamiento". De ahí que pidan el sobreseimiento de las actuaciones al Juzgado.
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