El juez de Madrid Juan José Escalonilla ha rechazado archivar la investigación por presunta financiación ilegal contra el partido político Podemos, imputado como persona jurídica, descartando la solicitud de la formación de Pablo Iglesias.
En un auto con fecha de este martes al que ha tenido acceso El Independiente, el instructor insiste en que existen indicios de que el partido destinó dinero reservado a los gastos electorales de la campaña de abril de 2019 a otros fines distintos, para lo que pudo simular que la compañía mexicana de la órbita chavista Neurona -que también constituyó una sociedad en España por aquellas fechas- realizó trabajos para el partido por un valor de 363.000 euros.
El instructor resume que lo que se investiga en la causa es "la presunta comisión por parte de cargos ejecutivos del partido político Podemos de un delito electoral tipificado en el artículo 150 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) al existir indicios de la distracción de dinero de la cuenta electoral designada por dicho partido político para las Elecciones Generales del 28 de abril de 2.019 para un fin distinto al propio de dicha cuenta electoral, que era el pago de los gastos electorales. En tal sentido, y de manera resumida, cabe señalar que existen indicios de que el contrato suscrito por dicho partido político y la sociedad Neurona Comunidad S.L. en fecha 25 de febrero de 2.019 se trató de un contrato simulado, en cuanto no obedeció a prestación de servicio alguno por parte de dicha mercantil, teniendo como finalidad la de desviar el dinero pagado por dicha formación política en base a dicho contrato a una sociedad mejicana, concretamente a Creative Advice Interactive, vinculada con la sociedad Neurona Consulting".
"Financiar partidos extranjeros o microcréditos"
En cuanto a los fines a los que se pudo destinar el dinero presuntamente desviado, el juez investiga en la línea a la que apuntó el abogado José Manuel Calvente, expulsado del partido, miembro del Equipo Normativo del mismo y Responsable de Protección de Datos cuya denuncia activó la investigación a la formación morada en el Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid. "De la propia conducta objeto de investigación se infiere que dicha presunta distracción de dinero a dicha sociedad vinculada a Neurona Consulting no era en sí mismo el fin de dicha operación, sino que respondía a otra finalidad distinta, que señaló el denunciante José Manuel Calvente podía ser la de financiar a partidos extranjeros, a la previa financiación ilegal del propio partido político Podemos a través de microcréditos, o incluso para compensar las cantidades obtenidas a través de una red de financiación ilegal para la propia constitución de dicho partido político en el año 2.014 y la promoción de sus miembros a los cargos directivos que actualmente ostentan. Por tal razón, es objeto del presente procedimiento la presunta comisión de un delito de financiación ilegal de partidos políticos tipificado en el artículo 304 bis del
Código Penal, del que el partido político Podemos puede ser responsable penal", expone el juez Escalonilla.
Constata que Calvente y Carmona fueron expulsados por investigar
El juez afirma en la resolución que los documentos que han presentado los actuales responsables de Cumplimiento Normativo del partido para acreditar que han cumplido con la normativa "en nada suponen el cumplimiento por parte de dicho partido político de los modelos de cumplimiento normativo o compliance guides", por lo que los descarta. Lo que sí resulta indiciariamente acreditado para el juez es que "las principales figuras ejecutivas del partido" mantuvieron reuniones con quien fue responsable de Cumplimiento Normativo Mónica Carmona -compañera de José Manuel Calvente también expulsada- supuestamente para informarle de asuntos y recabar su opinión sobre si se estaban cumpliendo las normas y no lo hicieron.
"Si algo consta indiciariamente acreditado es que contrariamente a la propia finalidad de dichas reuniones mensuales, cuya finalidad era entre otras informar a la Responsable de Cumplimiento Normativo de las actuaciones que se pudieran realizar en las diversas áreas de la estructura de dicho partido político, de cara a valorar la posible infracción legal que pudieran suponer, o incluso su carácter delictivo, cabe indiciariamente concluir que tanto la gerente, como el tesorero como el responsable Económico-Financiero, eludieron informar a Mónica Carmona de actuaciones tales como la contratación directa por parte de Gerencia de las diversas empresas que iban a realizar las obras de rehabilitación del edificio sito en la calle Francisco Villaespesa nº 18 de Madrid para su uso como sede del partido, infringiendo lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley Orgánica 8/2.007 de 4 de julio sobre financiación de partidos políticos, así como e igualmente de la contratación de la mercantil Neuorna Consulting, a través de la sociedad Neurona Comunidad S.L. para la presunta prestación de servicios tanto en las elecciones generales como en las elecciones autonómicas de la Comunidad de Madrid, hasta el punto que Mónica Carmona tuvo conocimiento de dichos hechos a través de empleados de dicho partido político, aperturando expedientes para su investigación".
El juez constata que hay indicios de que precisamente Carmona, como denunciaron ella y Calvente, fue despedida por abrir dichas investigaciones sobre supuestas irregularidades cometidas en el partido: "A lo anterior cabe añadir el cese fulminante tanto de la responsable de cumplimiento normativo, Mónica Carmona, como del Delegado de Protección de Datos, Juan Manuel Calvente, que actuaba como colaborador de aquella, en cuanto se tuvo conocimiento de las investigaciones llevadas a efecto por su parte, lo que además de infringir la autonomía de dicho órgano del partido político, resulta igualmente expositivo de tal falta de compromiso de los dirigentes de dicho partido político con la cultura ética o cultura de cumplimento de las normas legales". Por estos motivos, el juez mantiene abierta la investigación sobre el partido circunscribiéndola a los contratos con Neurona, como solicitó la Fiscalía.
Rechaza delitos en la reforma de la sede
En otro auto al que también ha tenido acceso este diario, el juez decide no investigar a los responsables de Podemos por la licitación de la obra de reforma de la sede central del partido ni por un supuesto acceso ilegal a datos personales del ordenador de una de las abogadas de la formación, Marta Flor Núñez, según constaba también en la denuncia de José Manuel Calvente.
En cuanto al primer aspecto, aunque el juez califica de "insólito" que el partido sacara en su página web la obra a licitación por un valor de 649.936 euros y finalmente la adjudicara por el doble, algo más de 1,3 millones, descarta que haya delito en la operación. Resume que no pudo haberlo porque "no existió una licitación pública real de las obras de rehabilitación a ejecutar en el edificio sito en la calle Francisco Villaespesa n 18 de Madrid, habiendo procedido el partido político Podemos a realizar una contratación directa de las diversas partidas de la obra a dichas seis sociedades mercantiles, incumpliendo de esta manera con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley Orgánica 8/2007 de 4 de julio sobre financiación de partidos políticos. Expuesto lo anterior, dicha falta de licitación pública de dichas obras de rehabilitación no constituye delito alguno".
Marta Flor no denunció y no se puede investigar
En cuanto al supuesto "acceso no autorizado al disco duro del ordenador de la abogada del partido político Podemos, Marta Flor Núñez García," en las oficinas del partido de la calle Princesa por parte de dos informáticos que habrían actuado por orden del actual jefe de Comunicación del partido, Juan Manuel del Olmo, según denunció también Calvente, el juez concluye que "habría sido constitutivo de un delito de descubrimiento de secretos y de vulneración de la intimidad de la letrada Marta Flor Núñez" si efectivamente ocurrió como lo describió el denunciante.
Sin embargo, el juez archiva la investigación puesto que ni la letrada ni el partido político denunciaron los hechos, ya que el delito mencionado está "sujeto al requisito de procedibilidad de denuncia previa por parte de dichos perjudicados". Por los motivos mencionados, el juez archiva provisionalmente las investigaciones por los presuntos delitos de apropiación indebida en cuanto a las obras de rehabilitación de la sede de Podemos y de revelación de secretos y vulneración de la intimidad por el supuesto acceso a datos personales denunciados por Calvente y la centra en la presunta financiación ilegal a través de los contratos con Neurona.
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