El Gobierno ha decidido recurrir el acuerdo de la Junta de Castilla y León que limita la movilidad en la Comunidad desde las 20:00 horas, ha informado el Ministerio de la Presidencia.
La Junta de Castilla y León determinó el viernes adelantar la limitación de la libertad de circulación en esa región a las 20:00 horas. Sin embargo, el Gobierno considera que esta decisión vulnera el decreto que regula el estado de alarma que estipulaba que el horario nocturno sería entre las 23:00 y las 6:00 horas, al mismo tiempo que daba de margen a las comunidades autónomas para poder adelantarlo hasta las 22:00 como máximo.
El Gobierno que preside Pedro Sánchez ha anunciado este domingo que "ha solicitado a la Abogacía General del Estado que interponga recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo contra el ACUERDO 2/2021, de 15 de enero, del presidente de la Junta de Castilla y León (como autoridad competente delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020,de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2)".
El Ejecutivo considera que la regulación de la Junta de Castilla y León vulnera el Real Decreto "que, al declarar el estado de alarma, determinó expresamente en su artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno el comprendido entre las 23:00 y las 6:00, posibilitando tan solo que las autoridades competentes delegadas pudieran determinar en su ámbito territorial 'que la hora de comienzo de la limitación prevista [....] sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5:00 y las 7:00 horas'".
"Al fijar como hora de comienzo de la limitación las 20:00 horas, el acuerdo infringe nítidamente la regulación mencionada", señala el comunicado de la Presidencia del Gobierno, que añade: sin que tal infracción pueda negarse acogiéndose a las facultades de "modulación" otorgadas a las autoridades competentes delegadas.
Illa advierte: "Cualquier medida requiere una cobertura legal"
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha advertido a Castilla y Léon, que ha adelantado el toque de queda más de lo establecido en el decreto de estado de alarma, que cualquier medida requiere una cobertura legal porque para restringir la movilidad hay que hacerlo con las máximas garantías jurídicas.
Esas son las palabras pronunciadas por el ministro en el diario El País, cuando se le pregunta por la decisión de Castilla y León de aprobar un acuerdo autonómico para adelantar el toque de queda de las 22:00 horas -el máximo establecido en el decreto del estado de alarma- a las 20:00 horas, algo que otras autonomías han solicitado al Gobierno.
No obstante, el ministro no ha querido entrar en polémicas con ninguna comunidad y ha asegurado que su ánimo de colaboración y apoyo a las comunidades "es férreo".
Castilla y León defiende la medida
La Junta de Castilla y León ha emitido un comunicado en el que mantiene vigente el toque, "en tanto no quede sin efecto por los medios establecidos en la Ley", además de lamentar que el Gobierno trate de "obstaculizar" una norma que tiene como "único objetivo" "proteger" la vida y la salud de las personas y "reducir lo más posible" el daño a la economía.
En este sentido, y ante el recurso anunciado por el Ministerio de Sanidad contra el acuerdo sobre el toque de queda, el Gobierno autonómico recuerda que la situación epidemiológica y sanitaria es de "extrema gravedad" en Castilla y León y en el conjunto de España. "La incidencia acumulada se ha multiplicado por cinco desde el 1 de enero y el número de ingresados por Covid-19 se ha duplicado en los hospitales de la comunidad", recoge el comunicado remitido a Europa Press.
Así, lamenta que el Gobierno de España "trate de obstaculizar" con su recurso la acción de la Junta, que, señala, tiene como "único objetivo" proteger la vida y la salud de las personas y reducir lo más posible el daño a la economía.
Además, señala que la decisión de adelantar la hora del toque de queda a las 20.00 horas está amparada, "según defienden los servicios jurídicos de la Junta de Castilla y León", en que en el momento en que se autoriza la prórroga del Estado de alarma, se acuerda la modificación, por un lado, de los artículos 9 y 10 del Real Decreto, incluyendo en la regulación de la eficacia de las limitaciones, su posible modulación, flexibilización y suspensión, y por otro lado, la pérdida de la eficacia de lo expuesto en el artículo 5 cuando la autoridad delegada ejerza dichas facultades.
"Contempla su disposición transitoria única sobre la 'Eficacia de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno' expresamente lo siguiente: la medida prevista en el artículo 5 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, conservará su eficacia, en los términos previstos con anterioridad al comienzo de la prórroga autorizada, en tanto que la autoridad competente delegada que corresponda no determine, de acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, su modulación, flexibilización o suspensión", añade.
En este sentido, considera que deberá ser el Tribunal Supremo, en su caso, quien determine si el presidente de la Junta, como autoridad delegada, tiene la facultad o no de modular el toque de queda para hacer frente a la pandemia.
Por otra parte, reclama "una vez más" al Gobierno de España instrumentos jurídicos seguros, "si es que discute los existentes", que permitan a las comunidades actuar con rapidez para doblegar la curva de contagios y salvar vidas. "Es imprescindible que el Ejecutivo central ejerza ya su liderazgo y la coordinación con las autonomías", explican.
Por último, reitera que el toque de queda a las 20.00 horas sigue vigente en tanto no quede sin efecto por los medios establecidos en la Ley, a la vez que insiste "encarecidamente" a todas las personas de Castilla y León que reduzcan al máximo su movilidad y contactos sociales, con el fin de frenar esta "grave" tercera ola de la pandemia.
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