El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha concedido al extesorero del Partido Popular Luis Bárcenas un permiso de 12 días fuera de la prisión madrileña de Soto del Real.
Bárcenas cumple condena por la sentencia de Gürtel Época I confirmada en octubre por el Tribunal Supremo, en la que recibió una pena de 29 años y un mes de prisión.
En el auto con el que se aprueba su permiso, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria destaca que el permiso que se le concede ha sido acordado por unanimidad por los técnicos de la Junta de Tratamiento de la cárcel, compuesta por "rigurosos profesionales".
El juez también tiene en cuenta que pasó un periodo de tres años y cuatro meses en libertad provisional sin fugarse y que su asunción de responsabilidad, además de su situación familiar, con apoyo externo especialmente de su hijo, impedirían su fuga porque hasta ahora su comportamiento ha sido "consecuente".
No queda acreditada su evolución
En otro auto, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria ratifica la decisión de la Junta de Tratamiento de mantener al extesorero del PP en segundo grado y denegarle el tercer grado, al tiempo que rechaza la aplicación del artículo 100.2. Explica que no queda “plenamente acreditada una evolución favorable más allá de circunstancias penales y penitenciarias de normal convivencia que permite afirmar que el penado se encuentra, en el momento actual, capacitado para llevar un régimen de vida en semilibertad”. Máxime, añade, cuando la Junta de Tratamiento, que es quien en definitiva mejor conoce al interno, propone la clasificación en segundo grado .
“Es tiempo, por tanto de consolidación de factores positivos existentes, debiendo hacerse una valoración de la conducta global del penado con especial insistencia en su actitud y comportamiento durante el disfrute del permiso ahora iniciado, potenciando la vía tratamental con especial incidencia en las variables o factores de inadaptación existentes”, concluye.
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