La 'patada en la puerta' vuelve a ser noticia casi tres décadas después. Noviembre de 1993: José Luis Corcuera dimite como ministro del Interior después de que el Tribunal Constitucional anulara el precepto de la ley por el que se permitía a los policías entrar y registrar un domicilio sin autorización del juez cuando tuvieran constancia de que se estaba cometiendo un delito de narcotráfico. Marzo de 2021: agentes tiran abajo sin orden judicial la puerta de un piso en el centro de Madrid en la que se celebraba una fiesta ilegal en plena pandemia después de que sus inquilinos se negaran a abrir.
La controversia suscitada ahora por la irrupción policial ante el incumplimiento de las medidas contra el covid-19 y el posible delito de desobediencia grave a la autoridad reabre el debate sobre la inviolabilidad del domicilio que consagra la Constitución en su artículo 18.2 y trae a la memoria la polémica que centró la actualidad política hace más de 27 años, cuando Corcuera abandonó el gabinete de Felipe González a cuenta del pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre su Ley sobre protección de la seguridad ciudadana.
El político burgalés había anunciado en sede parlamentaria que se marcharía si se le alteraba una coma al texto que el Parlamento había aprobado y cumplió su palabra. "Sólo cambió una palabra de un artículo. Haya algunas leyes recurridas que les han modificado hasta 14 artículos, como el Estatut de Cataluña, y no he visto que dimitiera nadie de los que la elaborara", señala.
"Yo defendí que cuando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tuvieran constancia de que se estaba cometiendo un delito en un domicilio pudieran intervenir sin mandamiento judicial. El Tribunal Constitucional no declaró inconstitucional un artículo, sino la palabra 'constancia' por 'evidencia'. Y dimití porque fui fiel a la palabra dada; este caso de ahora me hace recordar lo satisfecho que me siento", comenta complacido el ex ministro socialista en conversación telefónica con este diario. Meses después renunció también a su acta de diputado y al aforamiento en el caso de los fondos reservados, en el que resultó absuelto del delito continuado de malversación de caudales públicos del que lo acusaba la Fiscalía.
Conocida como Ley Corcuera o de la patada en la puerta, la ley sobre protección de la seguridad ciudadana se aprobó en las Cortes el 21 de febrero de 1992 -en vísperas de la inauguración de la Exposición Universal de Sevilla- y venía a completar la derogación formal de la franquista Ley de orden público, aprobada en 1959. "La consideración de fenómenos colectivos que implican la aparición de amenazas, coacciones o acciones violentas, con graves repercusiones en el funcionamiento de los servicios públicos y en la vida ciudadana, determina, a su vez, la necesidad de un tratamiento adecuado a la naturaleza de dichos fenómenos y adaptado a las exigencias constitucionales", se leía en la exposición de motivos de la norma, vigente hasta que el Ejecutivo de Rajoy sacó adelante en 2015 la vigente Ley mordaza.
"Constancia" de un flagrante delito
El punto controvertido de aquella norma fue el que se desarrollaba en el artículo 21.2: "(...) será causa legítima para la entrada y registro en domicilio por delito flagrante el conocimiento fundado por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que les lleve a la constancia de que se está cometiendo o se acaba de cometer alguno de los delitos que, en materia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, castiga el Código Penal, siempre que la urgente intervención de los agentes sea necesaria para impedir la consumación del delito, la huida del delincuente o la desaparición de los efectos o instrumentos del delito".
José Luis Corcuera insiste en que el objetivo que se buscaba con aquella redacción es que los agentes pudieran acceder al interior de una vivienda cuando tuvieran constancia de que se estaba traficando, a fin de sorprender a los delincuentes y evitar que éstos pudieran deshacerse de la droga o del dinero obtenido con su venta. "Yo llegué a la conclusión de que la Policía podía actuar de oficio exactamente igual que si tuvieran constancia de que se estaba maltratando a una mujer en un domicilio. ¿Qué va a pedir una orden de entrada al juez mientras el que está dentro la está maltratando? Igual cuando entra ya está muerta", defiende.
El ex ministro presume de que el Constitucional sólo le cambió una palabra de su ley y asegura que dimitió por ser "fiel" a su palabra
A su juicio, la expresión acuñada por la prensa para referirse a la ley que él había impulsado es un "invento para ridiculizar o poner de manifiesto eso de que la Policía da patadas en la puerta, algo que no se corresponde con la realidad". "Leo editoriales en algunos medios que me hacen recordar el buenismo que algunos ejercen de forma permanente para restar importancia a los que hacen un daño irreparable a España y eso me hace recordar aquellos tiempos", explica.
En relación con la intervención policial que ha suscitado ahora la polémica, Corcuera considera que deben ser los "poderes públicos" los que establezcan claramente qué supone para la sociedad que alguien incumpla las restricciones sanitarias con las que las autoridades tratan de evitar que se propague el coronavirus y si esa vulneración es constitutiva de delito o por el contrario es una falta administrativa.
"Si yo estuviera en un puesto de responsabilidad y viera, como he visto en televisión, que en una localidad de Andalucía hay abierto un club de intercambio de parejas con más de 80 personas dentro y, por tanto, poniendo en riesgo la salud de infinidad de compatriotas, forzaría sin ninguna duda la entrada si no me abren la puerta y atienden mi petición para comprobar lo que ocurre dentro", afirma el responsable de Interior entre 1988 y 1993.
Quedar en mal lugar
En su opinión, si los actuales responsables del ministerio que él ocupó entienden que no es delito incumplir la prohibición de celebrar fiestas con personas ajenas al núcleo de convivientes "no darían instrucciones para que la Policía pudiera intervenir". Y añade: "En lo que estoy en absoluto desacuerdo es que siempre sean las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado las que queden en mal lugar. No puede ser que quien cumple una instrucción quede como aquel al que hay que combatir y haya que ponerle un tachón".
José Luis Corcuera llama "sabihondos" y "excelsos" a los "teóricos y catedráticos de Derecho Constitucional" que defienden públicamente que el domicilio es inviolable "en cualquier circunstancia" cuando el Tribunal Constitucional ya "convalidó" hace casi treinta años que la policía sí puede acceder a un domicilio sin autorización judicial si tiene evidencias de la comisión de un delito.
"Si aprendiéramos un poco de países que nos llevan muchos años de democracia no estaría de más. Y si tuviéramos menos inventores de la democracia nos iría mucho mejor", concluye Corcuera, el ministro que dimitió tras prometer que se marcharía si el Tribunal Constitucional le cambiaba una sola coma a su Ley de seguridad ciudadana.
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