El Consejo de Europa ha criticado el 'apagón informativo' sobre la covid-19 provocado por el Gobierno de Pedro Sánchez al inicio de la pandemia con su decisión de suspender los plazos administrativos para la tramitación de las peticiones de información a través del Portal de la Transparencia, al entender que esa medida "socavó seriamente" la capacidad de los periodistas para obtener datos sobre la gestión de la crisis sanitaria.
Así lo expresa la institución europea con sede en Estrasburgo (Francia) en su informe anual sobre libertad de prensa, donde contrapone el caso español con lo ocurrido en Escocia. Allí, el Parlamento frenó los intentos con los que el Gobierno trató de triplicar el plazo de 20 días que tienen los organismos públicos para responder a las solicitudes de acceso a la información pública.
El decreto con el que el Ejecutivo de coalición acordó el primer estado de alarma el 14 de marzo de 2020 incluyó una disposición adicional -concretamente la tercera- por la que se interrumpían los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público mientras se mantuviera esta situación excepcional. Finalmente se levantó el 1 de junio de 2020, por lo que estuvieron interrumpidos 78 días.
La medida generó un amplio rechazo entre colectivos periodísticos, profesionales del ámbito de la transparencia y la oposición parlamentaria, al entender que la decisión de no responder a solicitudes de información pública en esas fechas impedía conocer y fiscalizar las compras de material sanitario que el Gobierno gestionó mediante el procedimiento de emergencia para luchar contra el coronavirus. También conllevó la paralización de las reclamaciones formuladas ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), la autoridad independiente que vela por que las administraciones públicas no sean opacas.
El Consejo de Europa se hace eco de esas críticas en su informe y repasa cómo actuaron diversos países en esta situación. Hubo gobiernos, como los de Bulgaria, Serbia o Rumanía, que duplicaron el plazo de respuesta. Hubo otros estados, como Hungría, que lo triplicó (de 30 a 90 días). Y también quien directamente decidió suspenderlo, medida que adoptaron Italia, España y Eslovenia.
"Las nuevas reglas socavaron seriamente la capacidad de los periodistas para recibir información sobre la crisis sanitaria (...). Algunos periodistas informaron que parecía que las nuevas reglas se estaban utilizando para ignorar las solicitudes legítimas de libertad de información de los medios críticos e independientes, cerrando una fuente clave de datos de salud", detalla el informe.
Como ejemplo positivo, el informe de la institución europea llama la atención sobre lo ocurrido en Escocia, donde el Parlamento frenó los intentos del Gobierno por ampliar los plazos de respuesta, una medida que inicialmente se había introducido en el proyecto de ley sobre el coronavirus.
Frente a la decisión del Gobierno de Sánchez, hubo voces que defendieron abiertamente la necesidad de que los ministerios no suspendieran los plazos para resolver las solicitudes de acceso a la información pública referidas a la pandemia y que se publicaran sin dilación en el Portal de Transparencia los contratos de emergencia, no exentos de engaño por parte de proveedores en algunos casos. El Ministerio de Sanidad no empezó a dar publicidad a las adjudicaciones hasta la tarde-noche del 21 de abril, cuando ya había comprometido cientos de millones de euros en la compra de mascarillas, guantes de nitrilo, respiradores, gel hidroalcohólico...
Publicación de los contratos de emergencia
El propio decreto por el que se reguló el estado de alarma abría la puerta a la posibilidad de que se obviara dicha interrupción de plazos administrativos. "(...) las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios", detallaba el punto cuarto de la disposición adicional.
De hecho, la propia Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado -en una nota informativa publicada en la página web del Ministerio de Hacienda- salió al paso para indicar que todos los contratos de emergencia adjudicados con motivo de la covid-19 debían publicarse tanto en el Perfil del Contratante como en el Portal de Transparencia.
Las administraciones empezaron a dar a conocer sus adjudicaciones 'a dedo' -posibilidad excepcional que prevé la Ley de Contratos del Sector Público en su artículo 120 ante "acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional- pero no todas. Casi un año después se están publicando algunas de aquellas compras que se hicieron con celeridad en la primavera de 2020 ante la expansión del virus.
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