El Tribunal Supremo ha emitido un primer informe o nota de urgencia sobre el Real Decreto-Ley aprobado esta semana por el Gobierno para que las comunidades autónomas puedan recurrir en casación ante el alto tribunal las resoluciones de los tribunales superiores de justicia (TSJ) que no respalden sus medidas contra el Covid.
En el primer análisis de la reforma legal que ha hecho el Gabinete Técnico avanza una crítica hacia la decisión del Gobierno. Los expertos del área de lo Contencioso-Administrativo, a los que el presidente de la Sala pidió opinión, adelantan que ven una posible "insuficiencia o inadecuación del rango de la norma empleada (Decreto-ley) para regular una cuestión como esta, que incide en derechos fundamentales", aunque en el primer estudio no entran a valorarlo a fondo. Tampoco abordarán a fondo de momento, aunque ya trasladan la crítica, "el problema de la constitucionalidad de la posición institucional en que se viene a situar a los Tribunales de Justicia, como una suerte de copartícipes ejecutivos en el proceso de adopción de medidas administrativas, al modo de las competencias administrativas compartidas. Ambas cuestiones requieren de un estudio profundo que ahora no puede abordarse", afirman en el documento al que ha tenido acceso El Independiente y en el que destacan "el impacto muy significativo sobre la Sala Tercera del Tribunal Supremo" que tendrá la decisión del Gobierno.
Advierten de que no solucionará las discrepancias
El Gobierno reformó la ley para permitir que las comunidades autónomas puedan recurrir en casación ante el Supremo las decisiones de los TSJ, algo que hasta ahora no podía hacerse, con la intención de que éste "unifique criterio" y fije doctrina al respecto. Fuentes del alto tribunal ya trasladaron quejas al respecto, considerando que el Ejecutivo abandonaba funciones de Gobierno y se las trasladaba a los tribunales.
En el informe técnico, los magistrados avisan de que sus decisiones no tienen por qué resolver los problemas de discrepancia en las decisiones de los TSJ. Ante la deseada "creación de doctrina" al respecto, trasladan que "ha de tenerse en cuenta que eso puede no ocurrir".
Para los expertos, la reforma legal "suprime directamente la fase de preparación ante el Tribunal de instancia, de manera que la parte ha de interponer directamente el recurso ante el Tribunal Supremo sin prepararlo antes como requiere con carácter general el artículo 89 LJCA", lo que ven que trae "numerosos interrogantes y problemas prácticos" sobre el plazo para interponer y sobre los requisitos procesales del escrito de interposición.
Participación del abogado del Estado
También suscita muchas dudas en el Tribunal Supremo la participación de la Abogacía del Estado en el proceso, al que la reforma legal da legitimación para formular la casación, una "llamativa novedad procesal" para los expertos.
"No deja de ser, en todo caso, llamativo, que se permita recurrir en casación al abogado del Estado en relación con un procedimiento de instancia en el que se había excluido su intervención", exponen.
"Ante todo, surge la duda sobre si esta entrada en el procedimiento del abogado del Estado lo es -como parece- sólo para la fase de casación, o si debe entenderse que en esos supuestos habría que darle, asimismo, previamente, la condición de parte en la instancia. A falta de una previsión específica en este último sentido, parece que tal posibilidad de intervención del abogado del Estado, ya en el procedimiento de instancia ha de descartarse, pues la regulación del singular procedimiento de autorización/ratificación del art. 122 quater (que no se ha modificado en este punto por el Decreto-Ley) no contempla más intervención que la de la Administración autora del acto y el Fiscal", continúan, recordando que lo previsto en la reforma legal contradice lo que dijo el propio Supremo hace unas semanas.
"No anticipa la postura del Tribunal"
El presidente de la Sala Tercera del Supremo César Tolosa, que presidirá las deliberaciones de los magistrados cuando se presenten los recursos, ha querido hacer constar que el informe es "interno, provisional y no vinculante y que no anticipa la postura del Tribunal; que es un punto de partida para el estudio por parte de los magistrados del nuevo recurso de casación y de los problemas que su aplicación pudiera plantear y que el documento, al que los magistrados podrán incorporar las modificaciones que estimen pertinentes, no vincula en modo alguno a los miembros de la Sección Cuarta, que serán los encargados del conocimiento de este tipo de recursos", han trasladado desde el alto tribunal.
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