El Tribunal Supremo ya se ha organizado y ha designado a los magistrados que resolverán los recursos que presenten las comunidades autónomas contra las decisiones de los tribunales superiores de justicia (TSJ) en caso de que no ratifiquen sus medidas contra el Covid. Algunas regiones, como País Vasco, Navarra o Comunidad Valenciana quieren mantener los cierres perimetrales y el toque de queda aunque el estado de alarma se acabe el próximo 9 de mayo y no sea posible limitar derechos fundamentales de los ciudadanos. La Fiscalía ya ha empezado a informar en contra y queda saber qué deciden los TSJ correspondientes.
El Gobierno, según anunció este martes la vicepresidenta Carmen Calvo, ha modificado la ley 29/1998 de la Jurisdicción contencioso-administrativa por medio de un Real Decreto para que los gobiernos regionales puedan recurrir en casación las decisiones de los TSJ ante el Tribunal Supremo y éste unifique criterio sobre lo que se puede y no se puede permitir.
Una decisión que ha sido interpretada en el ámbito judicial, incluso en el propio Supremo, como una muestra de que el Gobierno central no ejerce sus funciones y pasa la responsabilidad de limitar libertades sin el paraguas de un estado excepcional primero a las comunidades autónomas, después a los TSJ y por último al alto tribunal.
La Sala que decidió sobre medidas sanitarias
Aún así, el Tribunal Supremo ya ha decidido, tras una reunión de urgencia, cómo actuar al respecto. El presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo César Tolosa reunió este miércoles a los cuatro presidentes de sección de la misma Sala para preparar la aplicación de la reforma de la Ley de la Jurisdicción aprobada por el Gobierno.
El alto tribunal también pedirá un informe al Gabinete Técnico sobre la aplicación de la Ley que se repartirá a todos los magistrados de la Sala para que realicen las aportaciones que estimen. Por último, en la reunión celebrada se acordó establecer "un canal de contacto entre el presidente de la Sala Tercera del Supremo y los de las salas de lo Contencioso-Administrativo de los tribunales superiores de justicia, ya existente para otros asuntos, con la finalidad de coordinar que se de cumplimiento a los nuevos plazos, más cortos [de cinco días], que fija la reforma para resolver estos recursos", informaron desde el tribunal.
En la citada reunión se decidió que será la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo la que tendrá la competencia para resolver los recursos bajo la presidencia de Tolosa. Precisamente es la sección que ha resuelto los asuntos relativos a las medidas sanitarias por el Covid. Los magistrados de la Sección que estudiarán los recursos son Pablo Lucas Murillo, Celsa Pico, Luis María Díez-Picazo, Pilar Teso, José Luis Requero y Rafael Toledano, todos con amplia experiencia. También forma parte de la sección Antonio Fonseca, aunque no participará en las deliberaciones al estar destinado en la sección de admisión hasta que acabe el año judicial.
El magistrado Pablo Lucas, como publicó El Independiente, formó parte de la comisión que resolvió el concurso por el que la hoy vicepresidenta del Gobierno Carmen Calvo fue designada profesora de la Universidad de Córdoba en 1991. Fuentes del alto tribunal aclaran que es a esta Sección a la que corresponde conocer de estos asuntos y por eso se le ha asignado la competencia de resolver los recursos que se presenten. Lucas es miembro de la Sala Tercera del Tribunal Supremo desde noviembre de 2001, fecha en la que ingresó en la carrera judicial por el turno reservado a juristas de reconocida competencia con al menos 15 años de ejercicio. En 2019 fue designado magistrado encargado de conocer las actividades del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
En cuanto al resto de miembros, Celsa Pico ejerce su actividad profesional en la jurisdicción contencioso-administrativa desde hace 32 años y pertenece a la Sala Tercera del Tribunal Supremo desde 2004; Luis María Díez-Picazo fue el anterior presidente de dicha Sala e ingresó en la carrera judicial en 2008 como magistrado del alto tribunal por el turno reservado a juristas de reconocida competencia; Pilar Teso, quien sonó como favorita para presidir el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Tribunal Supremo cuando las negociaciones entre Gobierno y Partido Popular estuvieron a punto de llegar a buen puerto a finales del año pasado, es magistrada del Tribunal Supremo desde 2008. Desempeña su labor en la jurisdicción contencioso-administrativa desde 1989, pasando por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo y la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional; José Luis Requero es magistrado especialista de lo contencioso-administrativo desde 1987, cuando superó las oposiciones, y desde entonces hasta 2014 que pasó al Supremo estuvo destinado en la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, donde presidió la Sección Cuarta. Por último, Rafael Toledano fue presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ andaluz con sede en Granada. Ingresó en la carrera judicial por oposición en 1984 y solicitó inmediatamente la excedencia para ejercer como fiscal en la Audiencia de Granada, el TSJ de Andalucía y la Audiencia de Jaén. Cuando volvió a la carrera judicial, lo hizo en la jurisdicción contencioso-administrativa.
Jueces denuncian la "omnipotencia del Ejecutivo"
La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), segunda con mayor representación de la carrera, emitió este miércoles un comunicado en el que consideró que la decisión del Gobierno de dejar en manos del Supremo la unificación de criterio sobre qué derechos fundamentales pueden limitar las autonomías es otra muestra "de la omnipotencia del Ejecutivo y de la elusión de responsabilidades de este último a la hora de tomar iniciativas legislativas eficaces". "Nuevamente se descarga en los jueces la gestión de un problema de índole nacional grave, como es la pandemia, judicializando la vida pública y subvirtiendo el orden natural constitucional", se quejaron.
Desde la asociación también consideraron que "la pasividad del legislativo, la falta de impulso del ejecutivo y un Tribunal Constitucional incumplidor han obligado a los órganos judiciales a decidir sobre limitaciones de derechos fundamentales a partir de interpretaciones extensivas de normas pensadas para otros supuestos, con el riesgo que eso implica para los derechos fundamentales de la ciudadanía".
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