La Fiscalía se ha opuesto este martes a que el Tribunal Supremo admita el recurso del Gobierno de Canarias mediante el que pretendía poder cerrar perimetralmente las islas que alcancen un nivel 3 o 4 de incidencia del virus. Una situación que actualmente no se da en ningún punto del Archipiélago.
Canarias recurrió en casación ante el Supremo -por el procedimiento que facilitó el Gobierno central mediante decreto-ley- la decisión del Tribunal Superior de Justicia de las islas de no ratificar sus medidas contra el coronavirus una vez acabado el estado de alarma.
El Ministerio Público pide al alto tribunal que rechace directamente el recurso porque considera que no tiene interés casacional y está erróneamente argumentado desde el punto de vista jurídico.
En el escrito del fiscal de Sala de lo Contencioso-Administrativo Pedro Crespo presentado este martes, se expone que el Gobierno canario "no concreta sobre qué exactamente entiende que no hay jurisprudencia" y considera que el escrito "refleja simplemente un desacuerdo o discrepancia con el modo de razonar del auto impugnado".
Igual que el TSJ canario, el fiscal no cree que el Gobierno canario justificara correctamente la decisión de cerrar las islas. No ve tampoco que el caso expuesto sea extensible a los de otras comunidades en las que unos tribunales superiores se han pronunciado en un sentido y el contrario sobre si está justificado que se mantengan medidas restrictivas de derechos fundamentales de los ciudadanos sin estado de alarma para contener la expansión del virus. Un asunto sobre el que el Gobierno vio procedente que se manifestara el Tribunal Supremo para "unificar doctrina".
"No se centra en la interpretación de la ley"
Para la Fiscalía, el recurso no debe ser admitido por incurrir en distintos errores. "Por tanto, lo que la discrepancia que el recurso de casación denuncia no se centra, en modo alguno, en la interpretación de la ley, sino en la interpretación -valoración- del contenido concreto de las medidas propuestas, que, cabe añadir, centran la atención de la Sala de Canarias en aspectos específicos del régimen de excepciones a la limitación de movimientos que no son iguales que los que se proponían por los respectivos gobiernos autonómicos en los casos de Baleares, Madrid, Valencia, Extremadura y Galicia, como puede comprobarse mediante la lectura de los Autos que la autorizan", resume el fiscal.
Así, sobre el criterio de la Sala que no autorizó el cierre previsto de cara a la "potencial movilidad" entre islas con un nivel concreto de contagio, el Ministerio Público considera que "la Sala a quo no discrepa ni se aparta con un criterio contradictorio de las referidas resoluciones, ni en la interpretación del marco jurídico-sustantivo aplicable al caso ni tampoco en la puntual aplicación del mecanismo procesal de ponderación de derechos e intereses en juego. Simplemente, al aplicar esta técnica de ponderación basada en la regla de proporcionalidad, llega a determinadas conclusiones negativas sobre aspectos que en realidad no son específicamente examinados por los otros Tribunales. Y que -cabe añadir- aunque lo hubieran sido de forma distinta, difícilmente podrían facilitar el acceso a la casación, en la medida en que, como se ha anticipado, afectan a la valoración de los hechos, y no a la interpretación del Derecho (art. 87 bis LJCA)".
Pidió ratificar el cierre de Montefrío
Así, mientras el Ministerio Público pidió ratificar el cierre perimetral del municipio granadino de Montefrío por una cuestión de proporcionalidad de la medida en relación con la incidencia del virus, en este caso lo rechaza al considerar que el recurso presentado tiene defectos de fondo.
Canarias ha cumplido con los requisitos formales de presentar el recurso de casación ante el Supremo en plazo; al ser la resolución del TSJ recurrible y al encajar su petición en los términos de la reforma legal que hizo el Gobierno central al efecto, considera la Fiscalía. Sin embargo, cree que se equivoca con los argumentos jurídicos de fondo. De ahí que pida al Supremo que el recurso ni siquiera sea estudiado.
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