Los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se reúnen este martes para discutir los puntos de su informe sobre los indultos a los políticos condenados en la sentencia del procés. Esperan tenerlo listo antes de que acabe la semana.
La solicitud de la medida de gracia, que contempla el perdón de toda la pena o parte de la pena (indulto total o parcial) según la ley de 1870 vigente, abarca a los 12 condenados, desde los que recibieron penas de multa e inhabilitación por el delito de desobediencia hasta los que llevan en la cárcel más de tres años por cometer sedición y malversación. La condena más elevada fue la del ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, a 13 años de prisión. La expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, fue condenada a 11 años de prisión por el delito de sedición.
Distintos particulares y sindicatos solicitaron el indulto para algunos de los independentistas condenados. El abogado penalista Francesc Jufresa fue el primero que presentó la solicitud para todos. Lo hizo, según manifestó a este diario, porque pensó que "los condenados no lo pedirían al requerir una asunción de culpabilidad".
Las razones para denegarlo
Precisamente la falta de arrepentimiento es una de las razones por las que el alto tribunal está en contra de que se conceda el indulto a los impulsores del procés. Previsiblemente, los magistrados de la Sala Segunda informarán en contra de que el Gobierno conceda la medida de gracia, aunque su informe no es vinculante.
La concesión del indulto incumbe únicamente al Ejecutivo de Pedro Sánchez, que puede otorgarlo a todos o parte de los condenados para anular toda o parte de la condena del Supremo aunque éste y la Fiscalía estén en contra. El Ministerio Público ya presentó su informe oponiéndose. La Abogacía del Estado, por su parte, no entró a valorar si el Gobierno debe concederlo o no, pero consideró que el perjuicio de la organización del referéndum ilegal de independencia en Cataluña el 1 de octubre de 2017, en base al que se sostuvo la condena por malversación, ya está reparado.
Los magistrados de la Sala Segunda abordarán este martes el borrador del texto del informe cuyas líneas principales ha adelantado el presidente Manuel Marchena, según trasladan fuentes del órgano. El pasado diciembre, cuando revocaron el tercer grado concedido por la Generalitat de Cataluña a los políticos presos, los jueces ya incidieron en la gravedad de los delitos cometidos. También en que los políticos no fueron condenados por sus ideas, sino por quebrantar las leyes de todos los españoles y desobedecer al Tribunal Constitucional por perseguir la independencia de Cataluña, argumentos contenidos en la sentencia del procés.
Hechos con un efecto demoledor para la convivencia democrática
En la resolución con la que se rechazó la semilibertad de los condenados, los magistrados se refirieron al "juicio histórico" y a las pruebas que les llevaron a dictar su sentencia, cuya condena por sedición y desobediencia ha avalado también el Tribunal Constitucional. "En los hechos declarados probados y en su fundamentación jurídica se encuentran las claves para explicar la gravedad de los hechos sentenciados y su efecto demoledor para la convivencia democrática", afirmaron los jueces del alto tribunal.
En dicha resolución también consideraron que era necesario "que transcurra un periodo de tiempo mayor para evaluar adecuadamente la evolución del interno y el tratamiento penitenciario, máxime cuando se trata de condenas elevadas (de 9 a 13 años de cárcel)". El informe contra la concesión de los indultos girará en torno a argumentos similares.
El Gobierno no aclara su decisión
El Gobierno, que el pasado septiembre puso en marcha la maquinaria de los indultos para los independentistas condenados tras registrarse la solicitud del abogado Jufresa, no ha aclarado si los concederá finalmente.
Cuando el Tribunal Supremo emita su informe, lo remitirá al Ministerio de Justicia junto con los informes de la Fiscalía y la Abogacía del Estado. El Gobierno los estudiará, tomará una decisión y la llevará al Consejo de Ministros. En caso de que se conceda, el Rey tendría que ratificar la medida de gracia con su firma.
Este lunes, el ministro de Justicia Juan Carlos Campo pidió que los indultos, sean "favorables, desfavorables, totales o parciales", se aborden con "naturalidad y serenidad" porque "son instrumentos previstos en la ley", manifestó sin dejar claro cuál será la decisión final del Ejecutivo.
Paralelamente al proceso de los indultos, el titular de Justicia anunció hace más de un año una reforma del Código Penal para rebajar la pena del delito de sedición por el que se condenó a los exconsejeros de Carles Puigdemont con el fin de "acomodarla" a la de delitos similares en otros países europeos. Son las dos vías que el Gobierno ha utilizado para abrir "vías de diálogo" con el independentismo con el fin de "superar el procés", como han manifestado desde Moncloa. La oposición lo ha interpretado como una manera de contentar a los partidos separatistas con el fin de obtener ventajas políticas en Cataluña.
La reforma del delito de sedición se encuentra en punto muerto a pesar de que Podemos, socio de coalición del Gobierno de Sánchez, ha insistido en distintas ocasiones en la necesidad de recuperarla, igual que los independentistas catalanes en el Congreso de los Diputados.
Otros indultos con la oposición del Supremo
La centenaria ley del indulto contempla que el tribunal que dictó la sentencia contra quien se ha solicitado indultar deberá basar su informe a favor o en contra en aspectos como «las pruebas o indicios de su arrepentimiento que se hubiesen observado, si hay o no parte ofendida, si el indulto perjudica derecho de tercero y cualesquiera otros datos que puedan servir para el mejor esclarecimiento de los hechos, concluyendo por consignar su dictamen sobre la justicia o conveniencia y forma de la concesión de la gracia», se puede leer en el artículo 25 de la norma.
Si Sánchez y sus ministros deciden -con un informe desfavorable del Supremo en sus manos- indultar a los políticos independentistas, no sería la primera vez en la historia de España que un Gobierno toma dicha una decisión así con los tribunales en contra. Hay muchos ejemplos en el pasado. Dos de los más mediáticos fueron el del vicepresidente y consejero delegado del Banco Santander Alfredo Sáenz durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y el del juez Javier Gómez de Liaño durante el Gobierno de José María Aznar.
En el primer caso, Sáenz fue condenado por el Supremo por la presentación de una denuncia falsa en los años 90 durante su etapa como presidente de Banesto. Cuando el Gobierno pidió al alto tribunal su informe para concederle el indulto, éste consideró que «no se aprecia la concurrencia de razones de justicia o equidad para la concesión del indulto». La Fiscalía sí se manifestó a favor de concederlo.
En cuanto a Gómez de Liaño, fue condenado en 1999 por un delito continuado de prevaricación durante la instrucción del caso Sogecable. La Sala Penal del Supremo también se opuso a concederle el indulto y el Gobierno popular tramitó su solicitud.
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