El Gobierno mantendrá la obligación de uso de la mascarilla en "eventos multitudinarios" que se celebren en el exterior, como manifestaciones y conciertos, cuando los asistentes se encuentren de pie o la separación entre los asientos no alcance al menos el metro y medio salvo que se trate de grupos de convivientes. Esta limitación seguirá operativa también "en cualquier espacio al aire libre en el que se produzcan aglomeraciones" y no se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal.
En el curso de una reunión extraordinaria, el Consejo de Ministros aprobará este jueves un real decreto-ley con el que flexibilizará la obligatoriedad del uso de la mascarilla en la vía pública y espacios al aire libre por el avance del plan de vacunación y la constatación científica de que el grado de transmisión del coronavirus en zonas abiertas es mucho menor. Esta decisión obliga a modificar dos artículos de la Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, que introdujo el pasado 29 de marzo la obligación de utilizar la mascarilla en espacios exteriores aun respetándose la distancia interpersonal de un metro y medio.
El texto ha pasado por la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios antes de que el Ministerio de Sanidad consensúe con las comunidades autónomas la reducción progresiva de las medidas, para lo que ha convocado este miércoles por la tarde al Consejo Interterritorial de Salud. La reunión se desarrollará cinco días después de que Pedro Sánchez anunciara y pusiera fecha al fin de las mascarillas en exteriores: el 26 de junio.
El Ejecutivo considera que, igual que han decidido ya otros países europeos, ha llegado el momento de "rebajar la obligatoriedad del uso de mascarillas en determinados ambientes y escenarios" al estar ya vacunado con pauta completa el 100 % de los españoles mayores de 80 años y el 96,3 % de los septuagenarios. A la espera de que se les administre la segunda dosis se encuentran en este momento el 93 % de los mayores de 60 años y el 86 % de los que han superado los 50.
En el inicio del verano, el Ministerio de Sanidad sostiene que las nuevas medidas hay que adoptarlas con "celeridad" a fin de enviarle un mensaje "claro e inmediato" a la ciudadanía, a la que agradece el "comportamiento ejemplar y responsable" que ha mantenido desde el inicio de la pandemia y su adaptación a las disposiciones que se han ido acordando. "Es justo, por ello, que las normas que rigen en sus actividades y relaciones cotidianas sean proporcionadas y acordes con su finalidad y la evolución de los indicadores epidemiológicos", justifica.
El Independiente detalla las principales novedades que entrarán en vigor este sábado, una vez que el real decreto-ley sea aprobado por el Consejo de Ministros y se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
- Aglomeraciones y eventos multitudinarios al aire libre. Después de meses de estrictas medidas de prevención, éstas empiezan a relajarse ligeramente con el avance del proceso de inmunización y la disminución de la tasa de incidencia. La principal novedad es que el uso de la mascarilla dejará de ser obligatorio en exteriores si se dan unas determinadas condiciones. Esta flexibilización excluye cualquier espacio al aire libre en el que se produzcan "aglomeraciones" y "eventos multitudinarios" que se desarrollen en la calle cuando no se pueda mantener la distancia interpersonal, salvo que se trate de grupos de convivientes.
- Espacios cerrados: sin excepciones. Como ocurre ahora, las personas de seis años en adelante tendrán que seguir cubriéndose la nariz y la boca en cualquier lugar cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, dado el mayor riesgo de transmisión del coronavirus que existe en estos espacios. Los expertos consideran demostrado que la covid-19 se transmite mediante aerosoles que contienen "virus viables generados por la persona infectada especialmente en espacios cerrados y mal ventilados", de ahí la necesidad de seguir manteniendo barreras mientras la cobertura de vacunación no llegue al menos el 70 % en todos los grupos y se alcance la inmunidad de grupo.
- Medios de transporte. La obligación de uso de la mascarilla se mantiene en los medios de transporte (avión, barco, autobús, tren y "teleférico", modalidad ésta que se incluye de forma expresa en esta modificación normativa) y en vehículos de hasta nueve plazas -incluido el conductor- si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, seguirá siendo innecesario cubrirse dentro del camarote y, a partir de ahora, también en los espacios exteriores en los que se pueda mantener la citada distancia de seguridad.
- Residencias colectivas. Con la modificación de la ley, tampoco será exigible en el caso de que la utilización de la mascarilla sea incompatible con las instrucciones de las autoridades sanitarias en aquellos espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan -como son las entidades para la atención de personas mayores o con diversidad funcional, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros similares- siempre y cuando se acredite que la vacunación con pauta completa de sus integrantes es superior al 80 %. "No se contempla dicha excepción para los visitantes externos, para los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con diversidad funcional, ni para los centros con gran movilidad o reemplazo de personas", plantea Sanidad.
- Desescalada en las prisiones. En el caso de las cárceles en las que se registra movilidad de los internos, el departamento que dirige Carolina Darias ha decidido que sea la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias -dependiente del Ministerio del Interior- la que dicte "normas específicas" respecto al empleo de la mascarilla tanto en exteriores como en espacios cerrados. Como informó este diario el pasado 14 de enero, más del 80 % de los reclusos que se encuentran actualmente en régimen cerrado había recibido ya la pauta completa y a casi el 90 % de los funcionarios se les había administrado al menos la primera dosis del suero, lo que permite afrontar la pandemia con menores niveles de incidencia, lo que ha contribuido a que el número de casos activos se hayan reducido de manera notable.
- Instalaciones y competiciones deportivas. Las administraciones competentes deberán seguir garantizando que los titulares de las instalaciones en las que se desarrollen actividades y competiciones deportivas (tanto individuales como colectivas) cumplen las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento establecidas, así como la distancia de seguridad mínima de metro y medio. La novedad que se introduce es la supresión de las referencias relativas a la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de baloncesto -con un régimen particular hasta ahora- una vez reanudadas las competiciones profesionales y haberse ido permitiendo progresivamente el acceso del público a los recintos.
- Las medidas, en función de la situación epidemiológica. El real decreto-ley dejará claro que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud podrá "modular, reforzar o flexibilizar el uso de mascarillas" en función de la situación epidemiológica en que se encuentren las comunidades autónomas, debido a que la incidencia del coronavirus no es uniforme en todos los territorios. Andalucía, con una tasa que casi dobla en la actualidad a la media nacional, ya ha anunciado que recomendará que se siga usando aun no siendo necesario este elemento de protección en algunas zonas para evitar que avance la transmisión.
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