El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado prohibir la marcha convocada el próximo sábado en el municipio de Arrasate-Mondragón a favor del preso de ETA Henri Parot al no existir en este momento datos para determinar si podría darse un delito de enaltecimiento del terrorismo.
El titular del juzgado central de instrucción número 4 sigue así el criterio de la Fiscalía, si bien ha solicitado a las Fuerzas de Seguridad que hagan un seguimiento de la marcha y adopten las medidas necesarias para evitar actos de enaltecimiento del terrorismo de ETA o de humillación a sus víctimas, informa Efe.
El principal argumento, tanto del juez como de la Fiscalía, es que no existen por el momento elementos que permitan determinar si los hechos podrían llegar a constituir hipotéticamente ningún delito, y el derecho penal solo puede perseguir y castigar delitos que ya se han producido.
"Es decir, no puede actuarse el derecho penal con carácter preventivo pues tal proceder implica asociar consecuencias jurídicas limitativas de derechos o imponer directa o indirectamente sanciones sobre la base de meras hipótesis sobre la futura e incierta comisión de delitos", señala el juez.
El juez precisa que "es a la autoridad gubernativa a quien corresponde velar por el cumplimiento de los requisitos constitucionales en el ejercicio del derecho de reunión y de manifestación"
Calama precisa que es "a la autoridad gubernativa a quien corresponde velar por el cumplimiento de los requisitos constitucionales en el ejercicio del derecho de reunión y de manifestación", y que sus decisiones pueden ser recurridas ante la Justicia.
Para tomar la decisión, el juez ha tenido en cuenta el informe de la Fiscalía, en el que explica que el enunciado de la marcha es "genérico y sin alusión concreta y objetiva y, menos aun vejatoria, a ninguna de las víctimas" de Parot y que "su finalidad, según refieren, es la consecución de la paz, la concordia y la reconciliación".
Según explica el ministerio público en una nota de prensa, el acto consiste en una marcha solidaria de 31 kilómetros, "en recuerdo de los 31 años" que Parot "lleva encarcelado", y está concebido como "un acto organizado con fines estrictamente políticos", sin que se infiera que la intención es convertirlo "en un acto que humille a alguna de las víctimas" del condenado.
Al igual que el juez, la Fiscalía insiste en que para prohibir cautelarmente la convocatoria se deben acreditar "datos objetivos" que permitan tener "sospechas que puedan considerarse razonablemente fundadas" acerca de su ilicitud.
Y añade que para darse un delito de humillación a las víctimas debe "constarse y acreditarse" el impacto psicológico que el acto o las palabras han tenido sobre la víctima, "más allá de la repulsa" que estos "puedan causar en la mayor parte de la comunidad" y más aún en las víctimas.
La Fundación Villacisneros solicitó que se impidiese la marcha, que ha sido criticada tanto por partidos políticos como por las víctimas. Es más, la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha organizado en diversas ciudades una serie de homenajes a las víctimas del etarra el mismo sábado.
Recientemente la Audiencia Nacional realizó una nueva liquidación de condena a Parot, sentenciado a más de cuatro mil años de prisión por múltiples atentados como el de la casa-cuartel de la Guardia Civil de Zaragoza, y lo fijó para el 10 de julio de 2029 tras rebajársela un año y nueve meses.
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