"No estábamos tan locos los que, desde el primer momento, dijimos que la decisión de establecer un estado de alarma en vez de un estado de excepción era un error". José Manuel Vera Santos (Fernán Caballero, Ciudad Real, 1968) ha visto reafirmadas sus tesis con las dos pronunciamientos emitidos hasta ahora por el Tribunal Constitucional (TC) -sin concitar la unanimidad de sus miembros- en relación con decisiones adoptadas por el Gobierno de Pedro Sánchez durante la fase aguda de la pandemia.
El último varapalo al Ejecutivo se ha conocido este martes, al estimar el TC el recurso de amparo que interpuso Vox contra el cerrojazo al Congreso de los Diputados durante 25 días: la medida adoptada por la Mesa supuso una vulneración al derecho fundamental a la participación política de los diputados. En conversación con El Independiente, Vera Santos -catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) y editor de www.constitucionparatodos.com- defiende que la salud "no está por encima de los derechos y libertades fundamentales" y censura que el Gobierno llegara a ser "todopoderoso y plenipotenciario" al no posibilitar el control del Parlamento y asumir todas las competencias.
Pregunta.-¿Esperaba que el Tribunal Constitucional estimara el recurso de amparo interpuesto por Vox contra la suspensión de los plazos en el Congreso de los Diputados durante 25 días al inicio de la pandemia?
Respuesta.-Era bastante probable que, atendiendo a la literalidad y a la interpretación sistemática de la Constitución y de la Ley orgánica 4/1981 [de los estados de alarma, excepción y sitio], declarara inconstitucional esa medida.
P.-¿Pero entiende la estupefacción del ciudadano que, ante una resolución de este calado, comprueba que el tribunal está completamente dividido?
R.-Los ciudadanos no se tienen que sentir extrañados. Todos los tribunales, que son órganos colegiados, tienen diferentes matices que se expresan en los votos particulares. Pero la opinión del órgano como tal es la opinión de la mayoría.
P.-¿Le ha sorprendido que la decisión final haya estado tan reñida (seis votos frente a cuatro), como ya ocurrió en la resolución del recurso de Vox contra el primer decreto de alarma?
R.-Son diferentes opiniones enfrentadas. Desde el punto de vista del propio tribunal, creo que lo que prevalece es una cuestión netamente técnica, jurídica y constitucional sobre otra serie de consideraciones que de manera falsa -desde mi punto de vista- se han incluido en estas decisiones: la dicotomía entre salud y derecho. Como dice el profesor [Manuel] Aragón Reyes, hay que tomarse en serio la Constitución. Hay que cumplir el ordenamiento jurídico también en situaciones donde existe un estado de alarma vinculado a una pandemia.
Hay que cumplir el ordenamiento jurídico también en situaciones donde existe un estado de alarma vinculado a una pandemia"
P.-Esa disparidad de criterio que manifiesta el TC se ha puesto de manifiesto también entre catedráticos y profesores de Derecho Constitucional mientras se sustanciaban los recursos. Sorprende que haya interpretaciones tan opuestas de unos mismos hechos...
R.-Efectivamente. No estábamos tan locos los que desde el primer momento dijimos que, sin los informes correspondientes de la Abogacía y del Consejo de Estado, la decisión de establecer un estado de alarma en vez de un estado de excepción -produciéndose una suspensión absolutamente evidente de derechos fundamentales- era un error. También hay colegas que defienden lo contrario. Lo más llamativo son aquellos colegas que defienden teóricamente una cuestión y en la práctica han cambiado de opinión. Eso sí me ha llamado mucho la atención. Defender cuestiones distintas es absolutamente normal en Derecho.
P.-A la vista de esta disparidad en la interpretación, ¿habría que afinar la redacción de los artículos referentes a los estados de alarma y excepción y sitio en una hipotética reforma de la Constitución para evitar la discrepancia interpretativa en caso de que hubiera que aplicarlos en el futuro?
R.-No creo que sea necesario, está bastante claro. Para mí resulta evidente. Ante la menor duda, hay que adoptar el modelo más protector de los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Por eso yo siempre he defendido que había que declarar un estado de excepción y no el de alarma, porque permite mejor el posicionamiento de las minorías en el Congreso y no depende todo de la mayoría de gobierno. No creo que sea necesaria una reforma constitucional. Sí que puede ser necesario un mayor desarrollo legislativo de estos preceptos, bien a través de la propia Ley del estado de alarma, excepción y sitio o bien a través de normativa que posibilite la toma de decisiones en temas sanitarios si se vuelve a producir una pandemia de este tipo. Insisto, no creo que sea necesaria una reforma constitucional. Los preceptos al respecto (el 55 y el 116) son muy concretos.
P.-Dice que es muy "evidente" pero, insisto, la discusión en el seno del Tribunal Constitucional demuestra que hay diferentes posturas sobre las condiciones que deben darse para la aplicación de uno u otro estado...
R.-Creo que es un enfrentamiento falso. En cualquier caso, no es a nivel constitucional, sino a nivel de desarrollo normativo posterior. Objetivamente hablando, estableciendo claramente una interpretación sistemática, sabiendo que estamos ante un sistema parlamentarista donde el gobierno depende de la confianza de las cámaras y tiene que "acudir" a éstas, tomar decisiones sin cumplir determinados requisitos que establece mínimamente la ley orgánica no era lo adecuado. Posiblemente con un informe del Consejo de Estado, que debería haber solicitado el gobierno, esta situación no se hubiera producido y hubiéramos tenido un sistema mucho más protector no sólo de la salud sino que también se habría podido llevar a cabo un mayor control por parte del Congreso de los Diputados respecto de la actividad de un gobierno que en un determinado momento llegó a ser todopoderoso y plenipotenciario en tanto en cuanto no se posibilitaba el control del Parlamento y asumía todas las competencias. En definitiva, nos encontramos con un sistema que tendía hacia el autoritarismo, que España había dejado hace bastante tiempo.
P.-¿A qué achaca que el Ejecutivo no pidiera el informe al Consejo de Estado?
R.-Me imagino que por que le vendría mejor tomar la decisión del estado de alarma sin tener que declarar el de excepción, pero eso yo no se lo puedo responder. No es obligatorio haberlo pedido, de lo contrario sería tacha de inconstitucionalidad y nulidad absoluta, pero me imagino que será por cuestiones de oportunidad política.
El gobierno llegó a ser todopoderoso y plenipotenciario en tanto en cuanto no se posibilitaba el control del Parlamento"
P.-Con la decisión de aplicar el estado de alarma y no el de excepción, ¿el Gobierno de Pedro Sánchez buscó escapar deliberadamente al control parlamentario?
R.-Si no lo buscó deliberadamente, sí lo logró; sin lugar a dudas. De hecho, el recurso de amparo presentado por los diputados de Vox así lo pone de manifiesto. Estar un mes sin acudir al Congreso de los Diputados, sin dar respuestas en una situación excepcional, conculca lo que establece el artículo 116 de la Constitución -los poderes públicos tienen que seguir con el funcionamiento ordinario- y el artículo primero de la Ley orgánica 4/1981. No tiene mucha vuelta de hoja.
P.-¿Es razonable que el TC se pronuncie casi 16 meses después de admitir a trámite el recurso?
R.-Hay que tener en cuenta el trabajo que desarrolla el Tribunal Constitucional para ver su calendario. También ha estado dictaminando sobre un montón de cuestiones vinculadas al tema independentista catalán, más las cuestiones ordinarias por conflicto de competencias... ¿Podía haberse hecho antes? No lo sé, depende del calendario y lo desconozco.
P.-¿Le sorprende que el PP no recurriera el acuerdo de la Mesa del Congreso para la suspensión de los plazos?
R.-Desde mi punto de vista debería haberlo recurrido, pero es una cuestión de oportunidad política y jurídica. Posiblemente valoró la posibilidad de hacerlo y decidieron optar en consecuencia. Lo cierto y verdad es que el Tribunal Constitucional ha podido pronunciarse al respecto primero admitiendo el recurso de amparo -el 99,9 % se inadmiten atendiendo a la especial trascendencia constitucional de la cuestión- y después estableciendo que el derecho de cualquier diputado a cumplir con sus tareas no puede ser sustraído por una decisión del gobierno. Es más, el artículo 116 de la Constitución fija que, en el caso de que no estuviera reunido el Congreso, se reuniera y que si está de vacaciones sea la junta de portavoces la que pida responsabilidades al Ejecutivo. Fíjese si la propia Constitución establece el control necesario del Congreso de los Diputados en cualquiera de los estados de alarma y excepción o sitio. Decir que no va a responder es atentar contra la propia interpretación sistemática y el sentido común. El Gobierno tiene que explicar sus actuaciones en las cámaras, mucho más si se estamos en una situación de la gravedad en la que nos encontrábamos. Y todo ello viene vinculado a ese enfrentamiento que se produjo desde el primer momento por parte del Gobierno de decir que la salud está por encima de todo. No, no. La salud no está por encima de los derechos y libertades fundamentales. Éstos no se pueden conculcar.
P.-¿La presidenta del Parlamento, Meritxell Batet, debería dimitir tras este varapalo como ha exigido Vox este martes?
R.-La dimisión es una decisión, como todos sabemos, personal. Creo que determinados órganos del Estado deberían realmente reflexionar si la actuación que han desarrollado -y no solamente me refiero a la presidenta del Congreso- eran acordes y adecuadas a sus propios conocimientos como juristas o de los informes.
P.-¿A qué órganos se refiere concretamente?
R.-Meritxell Batet creo que es profesora de Derecho Constitucional y el señor Sánchez tiene a la Abogacía del Estado. Hay determinadas actuaciones que conllevan necesariamente una reconvención -una dimisión, un cese o una reconvención pública- porque no hayan sido las correctas. Y no nos referimos a poner un aforo del 80 o del 100 % para ir a ver el fútbol. Me refiero a la conculcación, la suspensión de derechos fundamentales y libertades públicas de todos los ciudadanos de una manera fake. Eso políticamente debería tenerse en cuenta. ¿Que uno tiene que dimitir? Que dimita. ¿Que uno tiene que ser cesado? Que cese. ¿Que no ocurre eso? El pueblo español tendrá que valorar si el Gobierno o la presidenta del Congreso han actuado como debía. Es mentira establecer un puente que no se pueda cruzar entre salud y el derecho. Se podía haber hecho exactamente lo mismo, con las mismas medidas que se han adoptado pero bien, posibilitando que el Congreso tuviera un mayor control sobre un gobierno que en determinados momentos y durante mucho tiempo ha hecho y deshecho lo que ha querido sin tener en cuenta los parámetros constitucionales mínimos.
¿Dimisión de Batet? Determinados órganos del Estado deberían reflexionar si las actuaciones han sido las adecuadas"
P.-Ya no se puede rebobinar, pero ¿cree que servirán estos pronunciamientos del Tribunal Constitucional cara al futuro?
R.-Eso es lo importante de todo esto. En terminología bíblica, lo escrito, escrito está. Ya no hay marcha atrás salvo la reconvención política que en cualquier país democrático supondría para un gobierno. Es importante establecer los criterios para que no vuelva ocurrir mañana.
P.-A la vista de los dos primeros pronunciamientos, ¿el próximo varapalo al Gobierno será por el segundo estado de alarma?
R.-Hay que esperar a la resolución del Tribunal Constitucional, pero evidentemente establecer una cogobernanza con las comunidades autónomas que no posibilita la Constitución ni la ley orgánica correspondiente, en tanto cuanto sólo se posibilita al presidente de una comunidad en el caso de que la circunstancia que lleva a declarar el estado de alarma esté en todo o en parte en una autonomía... Y es evidente que eso no ocurre en este caso porque hablamos de una pandemia mundial. Más los seis meses sin tener que dar explicaciones es una prórroga demasiado elevada desde la interpretación sistemática y conculca los derechos de los propios diputados a cumplir con sus obligaciones, por lo que considero que va a ser declarado inconstitucional. Insisto, hay que esperar a que se pronuncie el TC.
P.-El confinamiento de barrios en La Palma por la erupción del volcán, ¿obligaría a decretar el estado de alarma?
R.-Es una cuestión que no necesita declaración del estado de alarma y podría gestionarse a través de la Ley de Protección Civil o de Seguridad Nacional porque es algo muy concreto y no afecta a la totalidad de los españoles, sino muy vinculada a una situación muy específica.
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