Impedir el acceso de los progenitores, fundamentalmente los padres, a los menores cuando haya causas abiertas por violencia machista. Es el objetivo del decreto aprobado por la Generalitat que modifica el Código Civil catalán para poner freno, argumentan desde el Govern, a la violencia vicaria. Esto es, a las agresiones de un progenitor a sus hijos para castigar así a su ex pareja.

El decreto catalán se aplicará en casos de separación o divorcio y no solo en base a una denuncia, tiene que haber "indicios fundamentados" del comportamiento violento, ha explicado la consejera de Justicia, Lourdes Ciuró. Y pretende corregir así la renuencia de los jueces a aplicar unas medidas que ya están a su alcance, pero que la justicia evita primando el derecho de padres e hijos a preservar la relación paterno-filial.

La consejera ha asegurado que la reforma aprobada por el gobierno catalán no excluye los casos como el de Cristina Rivas, que el pasado mayo asesinó a su hija de cuatro años para vengarse del padre de la niña, del que llevaba más dos años separada. Pero ha recordado que en la gran mayoría de los casos, son los hombres los que ejercen esa violencia.

Cinco menores asesinados este año

"El número de niños víctimas de violencia vicaria crece" ha lamentado Ciuró, destacando los cinco menores asesinados en España en ultimo año, según los datos del Consejo General de Poder Judicial (CGPJ) uno en Cataluña. Se trata del pequeño Leo, de dos años, asesinado el pasado verano por su padre, Ezequiel Martín Ezequiel Álvarez Giaccio en un hotel del Paralelo barcelonés. "Esto pasa cuando la pareja se separa y se mantiene el régimen de visitas aunque el progenitor sea violento" ha lamentado la consejera.

Según el mismo informe del CGPJ, durante este año se han dictado 47.000 órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia machista en España. Pero solo en un 3% de esos casos se suspendieron las visitas entre padres e hijos, destaca la consejera de Justicia. "Esto confirma que en la mayoría de los casos no se suspenden visitas con los maltratadores" ha sentenciado.

Por eso la Generalitat se ha propuesto "darle la vuelta" a esta medida, estableciendo que el veto a las estancias, visitas y comunicaciones se aplique siempre que haya indicios fundamentados de violencia. Unos indicios que el Govern fija en aquellos casos en los que haya denuncia de la Fiscalía o un proceso judicial abierto por atentar contra la vida, la integridad física o moral, la libertad o indemnidad sexual del otro progenitor o los hijos. También en los casos en los que el progenitor esté en prisión.

En los procesos civiles de separación y divorcio, el juez podrá establecer, de forma "excepcional" un régimen de estancias o comunicaciones "en interés del menor". Se trata de un decreto ley para "proteger la vida y la seguridad" de los niños en los casos de violencia vicaria, que será de aplicación inmediata por parte de los tribunales, ha asegurado Ciuró.

Atención psicológica

La nueva norma anula también la necesidad de autorización de los dos progenitores para que los menores reciban asistencia psicológica. De este modo, no hará falta el consentimiento del progenitor contra el que se sigue un procedimiento penal ni cuando se ha dictado una sentencia condenatoria.

El decreto de la Generalitat se suma a la Ley de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia, que entró en vigor el pasado junio. Es el primera ley que plantea restringir las visitas a los maltratadores reformando la ley de enjuiciamiento criminal.

Según se estableció entonces, cuando se dicte una orden de protección con medidas de contenido penal y existan indicios fundados de que los hijos menores de edad han podido presenciar o sufrir violencia doméstica el juez debe suspender el régimen de visitas, estancia o comunicación del inculpado con los menores.

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