El Juzgado de Instrucción Número 34 de Madrid ha acordado el archivo de la querella presentada por el sindicato Justicia Policial (JUPOL) contra la cúpula del Cuerpo al considerar que "no aparece debidamente justificada la perpetración del delito contra los derechos a los trabajadores".
El sindicato mayoritario de la Policía había dirigido la querella contra el director general del Cuerpo, Francisco Pardo Piqueras, y contra la subdirectora general de Recursos Humanos, Pilar Allué Blasco, por un presunto delito contra la seguridad e higiene en el trabajo.
Según JUPOL, "miles de agentes" desempeñaron sus funciones "sin medios de protección, sin protocolos de actuación o con protocolos contradictorios" durante los primeros meses de la pandemia. Y "cientos" de solicitudes de material de protección dirigidos a sus superiores "fueron desatendidas" y en abril "agentes sospechosos de Covid se reincorporaban sin haberles realizado la prueba o test con resultado negativo de coronavirus".
En un auto de 3 de diciembre, la magistrada Coro Monreal ha desestimado los argumentos expuestos por el sindicato y ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo de la investigación.
La juez ha explicado que los delitos atribuidos al director general de la Policía y a la subdirectora general de Recursos Humanos "exigen para su comisión la infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y la puesta en peligro grave de la vida, salud e integridad física de los trabajadores", algo que, a su juicio, no ocurrió.
Coincide con la Fiscalía
La titular del Juzgado ha concluido que ni Pardo ni Allué llevaron a cabo "inacción voluntaria" ni un gestión "imprudente". Su decisión coincide con el criterio de la Fiscalía de Madrid, que había pedido el cierre de la causa al considerar que había quedado acreditada la compra y "efectiva entrega" a los agentes de material de protección sanitario frente a la covid durante los primeros meses de la pandemia.
Según consta en el auto de la juez instructora, la Abogacía del Estado también interesó el archivo de las pesquisas porque concluyó que "los hechos denunciados no son constitutivos de delito".
Así, la magistrada ha estimado pertinente el cierre de la investigaciones "mientras no haya nuevos datos". Contra esta decisión cabe recurso de reforma ante el Juzgado y de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.
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