La Audiencia Nacional ha ordenado el ingreso en prisión provisional para el exalcalde de Boadilla del Monte (Madrid) Arturo González Panero, alias 'El Albondiguilla', tras ser condenado a 36 años y 11 meses de cárcel por el caso Gürtel.
La Sala de lo Penal le ha dado un plazo de tres días para que ingrese en prisión para empezar a cumplir la condena impuesta que por las actividades de la trama Gürtel en el municipio madrileño aunque aún no sea firme.
Así lo ha decido la Sección Segunda tras una vistilla que se ha celebrado a primera hora de este martes a petición de la Fiscalía, que había solicitado su ingreso inmediato en prisión.
Para los magistrados, el riesgo de fuga en este momento y durante la tramitación del recurso que la defensa ya ha avanzado que formulará contra dicha sentencia es "máximo", de acuerdo con el auto que han dictado este martes.
En consecuencia, han impuesto a González Panero una medida cautelar de prisión preventiva comunicada y sin fianza, para cuyo cumplimiento le da un plazo de 72 horas en un centro penitenciario de su elección.
El Ministerio Público ha alegado que "el riesgo de fuga es evidente", dado que González Panero "carece de arraigo" laboral y familiar y durante el juicio quedó probado que "contaba con un entramado societario, propiedades en Miami y en Marruecos y cuentas en Suiza".
"Podría hacer uso de las estructuras societarias fuera de España para facilitar su riesgo de fuga. No tenemos noticias de que todo su patrimonio en el extranjero haya sido bloqueado", ha sostenido el fiscal, según el auto recogido por Europa Press.
Esta tesis, a la que se han adherido la Abogacía del Estado y el Ayuntamiento de Boadilla del Monte, ha contado con la réplica de la defensa, la cual se ha opuesto al ingreso inmediato en prisión asegurando que "no concurre riesgo alguno de fuga debido al tiempo prolongado de la causa y a su disposición a comparecer a la vista".
González Panero, que ha tomado la palabra, ha expuesto que si no ha llegado a satisfacer las responsabilidades pecuniarias es porque "ha hablado con prestamistas para poder reparar el daño, pero las condiciones no eran admisibles".
Además, ha aducido que, "aunque ha sufrido 13 años muy duros sin oportunidades laborales, en este momento manifiesta que sí está trabajando de asesor energético y que tiene 150 clientes, por lo que no es cierto, como se ha dicho, que carezca de arraigo laboral".
Ha rechazado igualmente que no tenga lazos familiares suficientes que le retengan en España. En este sentido, ha contado que vive con sus padres, que son mayores y están enfermos, y que "tiene dos hijas maravillosas con las que va al gimnasio y a las que lleva a la universidad".
El Tribunal desconfía
No obstante, el tribunal presidido por el magistrado José Antonio Mora Alarcón se ha alineado con la Fiscalía al entender que "el riesgo de fuga se define en este momento por la elevada gravedad de la condena que se le impone al señor González Panero en la sentencia".
"Las circunstancias expuestas por su defensa y por él mismo, que no dejan de ser en algún punto paradójicas, son netamente insuficientes para desterrar el riesgo intenso de fuga ante el horizonte penológico que la sentencia abre", han señalado los magistrados.
A este respecto, han subrayado que "su defensa niega cualquier posibilidad, por mínima que fuese, de reparación, lo que hace sino introducir nuevos elementos que permiten dudar seriamente de su sinceridad y su intención de hacer frente a sus responsabilidades".
"No podemos olvidar en este sentido que detrajo durante la tramitación de la causa, a diferencia de lo que han hecho otros acusados, una elevada cantidad de dinero que tenía depositada en una cuenta en Suiza en el año 2012, de la que no se han tenido más noticias", han recalcado.
"Todo ello", han apuntado, "lejos de contribuir a generar la confianza en el tribunal hacia su comportamiento durante la tramitación del recurso hace imprescindible que se adopte la medida cautelar".
"No era un funcionario más"
González Panero recibió la pena de prisión más elevada de los 23 condenados: 36 años y 11 meses de cárcel por delitos de asociación ilícita, cohecho pasivo, fraude a las administraciones públicas, falsedad documental en documento mercantil, tráfico de influencias, blanqueo y malversación de caudales públicos.
El tribunal consideró que "no era un funcionario más sino la cabeza del consistorio durante dos legislativas", destacando además "la defraudación de la confianza depositada en el mismo y que utilizó para su propio enriquecimiento personal" además de "la peligrosidad" de su "conducta para la Administración Pública que lideraba".
En esta línea, los magistrados cargaron con dureza contra González Panero y aseguraron que su declaración en el juicio no cumplió con la "veracidad, suficiente y utilidad" necesarias. "Negó su participación en los hechos en las seis declaraciones que realizó en fase de instrucción, y no fue hasta días antes del inicio del juicio en que presentó un escrito anunciando 'un reconocimiento de hechos'", recuerda el fallo.
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