Josep González-Cambray lanzó ayer un mensaje de "máxima tranquilidad" a los directores de centros educativos catalanes tras la interlocutoria que le obliga a hacer efectiva la sentencia del 25% de castellano en las escuelas. No solo eso. El consejero de Educación aseguró, tras conocerse esa interlocutoria, que las direcciones "no tienen que hacer ningún cambio en sus proyectos lingüísticos" en las semanas que quedan de curso.
Un mensaje que contrasta con la contundencia de la interlocutoria del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). En ella requiere explícitamente al consejero para que "en el plazo máximo de 15 días dicte las instrucciones y establezca las garantías de control" necesarias para que se cumpla ese mínimo del 25% en las dos lenguas oficiales.
Recurso de la Generalitat
Cambray ha anunciado la presentación de un recurso contra la interlocutoria. Argumenta que la AEB no está habilitada para instar a la ejecución, que según la Generalitat solo puede exigir el denunciante, en este caso la Abogacía del Estado. Pero el TSJC es claro en su interlocutoria al distinguir la habilitación de la AEB frente al rechazo a la petición de Vox.
La Asociación cuenta además con la postura de la propia Abogacía del Estado, que ha intentado navegar entre dos aguas en la querella iniciada por el Gobierno del PP. En las alegaciones presentadas ante la demanda de ejecución forzosa, la Abogacía no se oponía a la legitimación de la AEB ni a las medidas solicitadas por la entidad.
De hecho, deja a criterio del tribunal tanto la ejecución forzosa como las medidas solicitadas por la AEB. Pero no declara expresamente que considere que se ha ejecutado la sentencia, como argumenta la Generalitat remitiéndose al pacto para reformar la Ley de Política Lingüística.
Exigencia de responsabilidades legales
En este contexto, la entidad que lidera Ana Losada ha advertido a la Generalitat de que se ha acabado el recorrido judicial contra el castellano en las aulas. "Ante requerimientos directos y concretos como los que ha ordenado el TSJC no cabe más alternativa que la obediencia" advierten en un comunicado tras conocerse la decisión del Govern.
Un texto en el que advierte que si no se acata la decisión judicial "iniciaríamos las actuaciones necesarias para exigir las responsabilidades legales que pudieran derivarse de la desobediencia a las órdenes judiciales". Una decisión que también podría adoptar el TSJC de oficio, si considera que Cambray se resiste a atender sus requerimientos.
La Asamblea siempre ha defendido que su objetivo es ampliar el uso del castellano en la educación en Cataluña, no perseguir judicialmente al Govern. Y ayer expresaba su confianza en que "tanto la Generalitat como el Gobierno, a través de la Alta Inspección de Educación", atenderán los requerimientos del Tribunal.
Les pide que "sean leales con el Estado de Derecho y actúen conforme al principio de buena fe" para no generar "una situación contraria al mandato constitucional". Pero dejan claro también que, en caso contrario, exigirán responsabilidades legales.
El espejo de Santi Vila
Unas responsabilidades que se sitúan, tras la interlocutoria, en el consejero de Educación, al que el TSJC requiere directamente que adopte las medidas para hacer efectiva la sentencia. González-Cambray podría incurrir por tanto en desobediencia, tal como le sucedió en su día al ex consejero de Cultura Santi Vila.
Con las obras de Sijena en manos del Monasterio desde 2017, Santi Vila sigue pendiente del juicio por desobediencia por su gestión de ese caso. De hecho, el Juzgado 1 de lo penal de Huesca decidió hace una semana suspender el juicio por la falta de respuesta de la justicia belga -sobre la citación al fugado Lluís Puig, procesado en la misma causa-.
Ambos se enfrentan a una petición fiscal de dos años de inhabilitación por un presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial y multa de 6.000 euros. Por su parte, la acusación particular ejercida por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena eleva la multa a 99.000 euros para Vila y 66.000 para Puig. Al primero también lo acusa de un delito de usurpación de atribuciones judiciales, por el que solicita un castigo de 11 meses de prisión y una multa de 63.000 euros.
El caso Sijena
En 2015, un juzgado de Huesca declaró nulas de pleno derecho las compraventas de piezas a las monjas de Sijena por parte de la Generalitat de Cataluña entre 1983 y 1992 y por parte del Museo de Arte de Cataluña en 1994. El fallo solo se ejecutó a medias, ya que ese verano se entregaron las 53 depositadas en Museo Nacional de Arte de Cataluña, pero no las 44 retenidas en el de Lérida
En 2017, el ex consejero de Cultura Santi Vila dictó una orden por la que no se autorizaba la disgregación de las piezas que restaban en el Museo de Lérida, a la espera del recurso judicial presentado por la Generalitat. De ahí que la Fiscalía le acusara de los delitos de desobediencia y usurpación de atribuciones judiciales
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