Era la resolución más probable. El ponente ha sido el mismo juez que ya dictó la absolución del miembro de ETA, Gorka Palacios, aplicando la que ya se conoce como 'doctrina Atristain'. Esta vez la absolución ha sido dictada para el histórico exdirigente de ETA, Juan Carlos Iglesias Chouzas, alias 'Gadafi', que estaba acusado de haber participado en el asesinato del ex guardia Civil Francisco Díaz de Cerio el 31 de enero de 1991 en Bilbao, uno de los alrededor de 350 crímenes de ETA sin resolver.
En la absolución ha pesado la doctrina fijada recientemente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y que supuso la excarcelación del preso de ETA, Xabier Atristain, por considerar que haberle impedido contar con el derechos de elección de sus abogados de confianza durante el periodo de incomunicación al que fue sometido y durante el cual se le tomó declaración, que pesó de modo determinante en su condena, se vulneraron sus derechos a una defensa justa y su derecho a la presunción de inocencia.
Ahora, la Audiencia Nacional se pronuncia en un sentido similar en el caso de 'Gadafi'. En la sentencia se afirma que hay constancia suficiente de que las declaraciones sumariales se prestaron en un régimen de incomunicación "pero sin que consten ni las resoluciones judiciales ni referencias suficientes a los razonamientos jurídicos contenidos en los autos de prórroga de incomunicación". El Tribunal apunta que carece de constancia de la razón que llevó a tomar esa decisión de prolongar la incomunicación durante el interrogatorio judicial y policial "sin posibilidad de ser defendido por sus letrados de confianza" y sin poder comunicarse con ellos. Una circunstancias que hacen referencia a las declaraciones de varios testimonios que acusaron a Iglesias Chouzas de participar en el citado atentado y en las que se basaron gran parte de la acusación.
Seguirá en prisión
Por ello, apunta que tan sólo se tienen en cuenta las declaraciones que hicieron durante el juicio los testigos Raúl Ángel Fuentes, Jon Mirena San Pedro, Jesús María Mendinueta y José Manuel Fernández. Añade que su negativa a responder a las preguntas de la Fiscalía "en nada afecta a su derechos constitucional de presunción de inocencia, que juega plenamente en su favor como punto de partida".
De este modo, la Sala tiene en cuenta la sentencia del TEDH que consideró vulnerados los derechos del preso de ETA Xabier Atristain al no permitirle elegir abogado tras su detención en 2010 y mientras se encontraba en régimen de incomunicación. Por ello, y tras recurrir su condena, por la que cumplía pena en la cárcel de Martutene (San Sebastián), el pasado 17 de febrero se decretó su puesta en libertad. Atristain cumplía 17 años de condena por pertenencia a ETA y por posesión de explosivos.
En el caso de 'Gadafi' la absolución dictada por la Audiencia Nacional no supondrá su excarcelación ya que el histórico jefe de ETA cumple condena por otras causas que incluyen asesinato, estragos, depósito de armas y explosivos o detención ilegal, entre otros. Iglesias Chouzas no cumplirá las tres cuartas partes de su condena hasta febrero de 2031.
Trabajador de Lemóniz
El precedente que supuso la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso de Atristain ya permitió la absolución Palacios y ahora la de esta causa que pesaba sobre 'Gadafi' por el asesinato del ex guardia civil, y entonces trabajador de la central de Lemóniz. Francisco Díaz de Cerio murió asesinado en Bilbao por seis disparos por la espalda. El comando de ETA había robado un taxi, ocultando al conductor en el maletero, y se dirigieron hasta el barrio de Otxarkoaga, donde a la salida de su casa le asesinaron.
La izquierda abertzale ya ha anunciado que alegará la 'doctrina Atristain' para precipitar la salida de decenas de presos de ETA. Ya lo ha hecho la defensa de una de las últimas jefas de la banda, Iratxe Sorzabal, quien ha recurrido su condena alegado que también se le impidió elegir su defensa durante las declaraciones tomas en periodos de incomunicación.
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