El Tribunal de Apelaciones de Londres ha dado este lunes permiso a Juan Carlos I para recurrir el fallo del juez Mathew Nicklin que el pasado marzo le denegó la inmunidad ante la demanda por supuesto acoso que presentó contra él su ex amante, Corinna Larsen.
Al término de una vista en la Sala número 71 del tribunal, el juez Nicholas Underhill autorizó a los abogados del emérito el permiso para apelar, por lo que se iniciará ahora un proceso legal para establecer si Juan Carlos I goza de inmunidad, según ha informado Efe.
En marzo, el juez Matthew Nicklin del Tribunal Superior rechazó permitir el recurso, al considerar que, tal como explicó en su dictamen del 24 de marzo, Juan Carlos I no puede ampararse en la inmunidad porque los hechos que se le imputan no fueron "actos de Estado" sino que ocurrieron en el ámbito personal.
La empresaria alemana presentó una demanda contra el emérito ante la Justicia británica por supuestas amenazas, acoso y hostigamiento contra ella y su entorno más cercano a través de los servicios secretos del Estado -concretamente de su exdirector Félix Sanz Roldán a quien también incluye en la denuncia- a partir de 2012, cuando rompió su relación con el rey emérito tras salir a la luz el viaje que hicieron juntos a Botswana, donde él se rompió la cadera. Larsen asegura que dicho hostigamiento se prolongó hasta 2020.
El juez Nicklin del Tribunal Superior de Londres, basándose en la Ley de Inmunidad estatal de 1978 (State Inmunity Act, SIA), concluyó en su sentencia que la inmunidad no protege al emérito para actos de su vida privada, en consonancia con los argumentos de los abogados de Larsen que consideraron que la inmunidad no podía protegerle para actos privados más allá de 2014, cuando abdicó en su hijo Felipe VI.
Memorándum conjunto
Antes de tomar tal decisión, que los abogados del emérito anunciaron que recurrirían, el juez pidió a ambas partes un memorándum conjunto, al que tuvo acceso este diario, donde expusieran los puntos en los que coinciden y discrepan sobre el estatus legal del emérito en España y el alcance de su inviolabilidad en las leyes españolas. La demandante recurrió al abogado José Antonio Choclán para reunir sus argumentos y el demandado, a Bernardo del Rosal.
Los dos representantes legales coincidieron en que todos los actos realizados por Juan Carlos I «durante el tiempo en que fue jefe de Estado, sea cual sea su naturaleza (pública o privada), están amparados por la inviolabilidad», según el artículo 56.3 de la Constitución Española. También en que «esta inviolabilidad es absoluta» respecto de «los actos del Monarca ocurridos durante su mandato como Rey de España», por lo que «no puede ser objeto de reproche por actuaciones en el ejercicio de sus funciones reales, o, incluso, fuera de dicho ejercicio o desempeño», según el mencionado memorándum al que ha tenido acceso este diario. Igualmente, ambos comparten que don Juan Carlos es «es miembro de la Familia Real Española por ser ascendiente en primer grado de Felipe VI». Las discrepancias se dieron respecto a la protección legal del exjefe de Estado tras su abdicación.
Ahora que el Tribunal de Apelaciones ha admitido la posibilidad de recurrir la decisión de Nicklin, los representantes legales del emérito Daniel Bethlehem, Timothy Otty, Philippa Webb y Paul Luckhurst del prestigioso despacho inglés Carter-Ruck tienen una oportunidad para tratar de evitar que la Justicia inglesa aborde aspectos de su vida privada amparándose en una protección legal especial por su condición de ex jefe de Estado.
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