La sentencia del Tribunal Supremo del caso ERE, con la que este martes la Sala Segunda del alto tribunal confirmó el fallo previo de la Audiencia de Sevilla contra altos cargos de la Junta de Andalucía, supone un varapalo para los gobiernos socialistas y su modelo de gestión en dicha comunidad durante una década: 2000-2009.
Todavía no se conoce el texto de la sentencia, que sale adelante con una mayoría de tres magistrados frente a dos, pero, puesto que avala la mayoría de las condenas y rechaza 15 de los 19 recursos presentados, ratifica que la Administración andaluza creó un sistema "fraudulento" por medio del que se repartieron hasta 680 millones de euros públicos "sin control".
A finales de los 90, con una situación delicada de desempleo y protestas en la calle por la caída del sector industrial, la Junta creó un sistema de ayudas a empresas en crisis que supuso una inyección en prejubilaciones para hasta 6.000 personas. El objetivo, como se consideró en el fallo de noviembre de 2019, era garantizar "la paz social", ganarse el favor de la ciudadanía.
Los responsables de la Consejería de Empleo pusieron en marcha un sistema en julio de 2001 por el que dichas ayudas o subvenciones las concedía este departamento pero posteriormente le transfería el dinero al ente instrumental Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) -las conocidas transferencias de financiación, una figura presupuestaria que se utiliza para cubrir pérdidas en una entidad pública pero no para pagar subvenciones- y se eludían así los controles de la Intervención. Ello habría permitido otorgar las ayudas sin control, según concluyó la Audiencia de Sevilla.
Las consecuencias para Chaves y Griñán
Dos años y medio después de la sentencia de instancia, el Tribunal Supremo ha confirmado las penas de seis años y dos días de prisión para Griñán por los delitos de prevaricación y malversación y nueve años de inhabilitación para Chaves -su antecesor en la Presidencia de la Junta de Andalucía- por prevaricación.
Con la condena de ambos -apoyada por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Carmen Lamela y Eduardo de Porres- se avala que los dos ex presidentes, como se consideró en la sentencia recurrida, fueron "plenamente conscientes de la ilegalidad" del sistema que se creó para repartir las ayudas. El reproche a Griñán es mayor por su condición de consejero de Economía y Hacienda (2004-2009), la persona que debió atender los avisos del interventor sobre el uso inadecuado de las transferencias de financiación que se estaba realizando.
El fallo es un duro golpe para los dos condenados, pero principalmente para Griñán (76 años) que se verá obligado a ingresar en prisión cuando la Audiencia de Sevilla ejecute la sentencia. Su defensa ya ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Constitucional -sin descartar tampoco la posibilidad de un indulto por parte del Gobierno o la presentación de un incidente de nulidad de sentencia- con la intención de tratar de que eluda la entrada en la cárcel.
El criterio general en la Justicia española es que no se suspenda la ejecución de la sentencia en los casos de condenados a más de cinco años (el umbral que supera las penas graves de las muy graves) mientras el tribunal de garantías entra en el fondo, si bien el Constitucional -en resoluciones precedentes- ha dejado claro que no es una "barrera infranqueable" y caben excepciones analizando las circunstancias personales de cada condenado. En este sentido, ha llegado a suspender la ejecución en condenas de hasta 12 años de prisión.
Además del castigo penal, la sentencia de los ERE supone un duro golpe para la imagen pública de Chaves y Griñán, los hombres que gobernaron en Andalucía 23 de los 36 años de ejecutivos socialistas en la comunidad. No sólo dieron por terminadas de forma anticipada sus carreras políticas. También se dieron de baja en el partido en el que habían militado la mayor parte de sus vidas.
La clave de la malversación
La clave de la sentencia y de la que la defensa de Griñán estaba pendiente porque sabía que marcaría su futuro, entrando o no en prisión, está en el delito de la malversación de caudales públicos.
Durante la exposición de la calificación definitiva, el abogado del ex presidente andaluz trató de liberarle de la condena por tal delito argumentando que "no puede malversar quien no decide el destino de los fondos". Es decir, trató de que el tribunal le eximiera de una condena por malversación al exponer que cuando él llegó a la consejería de Economía y Hacienda, en 2004, el sistema de adjudicación de ayudas ya estaba creado y no tuvo responsabilidad alguna en el "fin o administración" de los fondos.
Adelantándose a los motivos para recurrir ante el Constitucional, expuso que Griñán fue juzgado por la concesión de ayudas individuales mientras éstas no fueron objeto de enjuiciamiento, por lo que vio vulnerados sus derechos fundamentales a un juicio justo y a la tutela judicial efectiva. También a la defensa y a la presunción de inocencia por no estar claro el sujeto de las acciones delictivas en las que la sentencia le achaca haber colaborado.
El letrado desvinculó a Griñán de cualquier actuación delictiva alegando que "ni el control interno de la Intervención de la Junta ni el externo de la Cámara de Cuentas alertaron sobre irregularidades", así como que la Cámara de Cuentas de Andalucía "no se refiere a irregularidades hasta el año 2012". "Parece que se está diciendo que miró hacia otro lado y no quiso saber nada de lo que decía la Intervención. Entre el 2004 y el 2009, los documentos acreditan que todas las sugerencias e intervenciones de la Intervención de la Junta de Andalucía, el consejero las llevó al Consejo y se convirtieron en ley. No hubo pasividad y así queremos que figure en los hechos probados", expuso el letrado José María Calero para solicitar su absolución.
Voto discrepante
Las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo sí consideran que se debería haber admitido el recurso de Griñán parcialmente para eximirle de la condena por el delito de malversación, lo que también implicaría un cambio en el fondo de la sentencia en cuanto al conocimiento de la ilegalidad de los hechos por parte del ex consejero y ex presidente andaluz. De ahí que hayan formulado un voto discrepante contra la decisión de la mayoría de la Sala.
Además de Griñán, la sentencia de la Audiencia de Sevilla confirmada este martes por el alto tribunal coloca también a un paso de entrar en prisión a varios ex altos cargos más, entre ellos los ex consejeros José Antonio Viera, Antonio Fernández, Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo.
Los magistrados del Tribunal Supremo estimaron totalmente los recursos de casación de tres condenados, absolviéndoles del delito de prevaricación. Se trata de los ex secretarios generales técnicos de la Consejería de Empleo Javier Aguado, Lourdes Medina y Juan Francisco Sánchez García. La Sala estimó parcialmente otro recurso, rebajando de siete a tres años la pena que se impuso a Juan Márquez, el director general de Trabajo y Seguridad que sucedió en el cargo a Javier Guerrero, al aplicarle la atenuante de reparación del daño.
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